LEY DE LA MEMORIA HISTÓRICA
Una sentencia anula la decisión del Ayuntamiento de cambiar el nombre de la plaza de Cañero de Córdoba
El fallo dictamina que la decisión plenaria no se adecua a las previsiones de la Ley de la Memoria Histórica
No consta que el rejoneador promoviera el golpe de 1936, ni la plaza se denominó así para exaltar el régimen franquista

La plaza De los Derechos Humanos de Córdoba volverá a recuperar la denominación que tenía desde 1986: de Cañero . Así lo ha dictaminado el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Córdoba, tras estimar el recurso interpuesto por la Asociación Campera y de Rejoneo Antonio Cañero y la sobrina nieta del rejoneador , contra el cambio de nombre de este enclave, que el aprobó el Ayuntamiento de la capital el pasado 13 de febrero de 2018. La resolución judicial considera que la decisión plenaria no se adecua a las previsiones de la Ley de la Memoria Histórica , tal y como adujo en su día el Consistorio.
El fallo, al que ha tenido acceso este periódico, recuerda que la denominación de la plaza de Cañero se produjo «ya consolidado el actual régimen democratico en España, y cuando gobernaba la corporación municipal de Córdoba el Partido Comunista [...]. Nominación que se produjo atendiendo el Ayuntamiento a la iniciativa popular de la asociación de vecinos de la barriada».
El juez considera que dicha denominación se instauró, «no pra enaltecer a la ya extinta dictadura franquista o alguno de sus dirigentes, sino en reconocimiento a la generosidad del señor Cañero , que donó a la ciudad unos terrenos para la construcción de viviendas destinadas a las clases más desfavorecidas de la ciudad».

Además, «al señor Cañoero se le conocía en Córdoba por ser un afamado rejoneador». El togado señala, en base a las pruebas periciales practicadas, que «no consta la existencia de fuente histórica alguna de la que se pueda concluir que Antonio Cañero fuera dirigente o impulsor del levantamiento militar de 1936».
A ello se suma, continúa la sentencia, que no hay documentos históricos que prueben que el rejoneador «realizara directa y personalmente actuación alguna de represión por razones de ideología política, ni durante ni después de la Guerra Civil». Es más, «se desconoce la existencia de cualquier posible víctima de los presuntos actos represivos del señor Cañero» que pone de manifiesto la «extensa rumorología y propaganda existente durante la contienda civil».
El cambio de nombre se ha hecho «con claro desdoro injustificado de la fama y honra» de Cañero
Por todo ello, «no puede colegirse, como así hizo la Comisión de la Memoria Histórica y aprobó el Pleno del Ayuntamiento, que la denominación de una plaza con su apellido atente a la dignidad de las víctimas de la Guerra o de la dictadura posterior».
Así, la sentencia resuelve que debe anularse y dejar sin efecto el acuerdo aprobado por el Consistorio,«debiendo recuperar dicha plaza su anterior nombre de plaza de Cañero». Todo ello sin perjudicio de que el Ayuntamiento pueda acordar la modificación del nombre en base a sus competencias municipales, «pero no en aoplicación a la Ley de la Memoria Histórica , que se hace con claro y patente desdoro injustificado, de la fama y honra del referido fallecido vecino de esta capital»