TRIBUNALES

Reclama al Ayuntamiento de Córdoba más de 4.000 euros tras recibir un pelotazo en la cabeza

Solicita esa cantidad por el golpe recibido de unos niños que jugaban en un campo municipal

Imagen de la fachada del Ayuntamiento de Córdoba VALERIO MERINO

Una ciudadana ha demandado al Ayuntamiento de Córdoba a que abone una cantidad superior a cuatro mil euros por los daños sufridos por un pelotazo en la cabeza recibido mientras unos niños jugaban en una pista deportiva de propiedad municipal en Vistalegre , junto al colegio Europa. El recurso no se fundamenta en los niños propiamente dichos ni denuncia a los menores. Establece una causa y efecto entre las condiciones de la pista deportiva y los daños sufridos por la demandante que ha acudido a la jurisdicción contencioso administrativa. El Consistorio está personado en las actuaciones por medio de los letrados de la Asesoría Jurídica.

Los hechos del caso son los siguientes. El pasado diez de septiembre de 2018 , una mujer estaba esperando a sus hijos de corta edad que cursaban estudios en un centro escolar de la zona de los ministerios. Estaba, junto a un grupo de padres y madres, esperando tranquilamente la salida de los niños del colegio. Aproximadamente a siete metros de distancia , existen unas pistas deportivas dedicadas al fútbol y al baloncesto propiedad del Ayuntamiento. Allí se encontraban jugando unos niños de 14 a 16 años de edad. Cuando la denunciante estaba girada hacia el lado izquierdo, recibió un fuerte balonazo en el lado derecho de la cabeza lo que le generó un crujido fuerte en el cuello y un fuerte dolor del que fue atendedida por los padres y madres que estaban en la zona.

Cuando llegó al domicilio, la recurrente relata que tuvo mareos y vómitos por los que acudió a un hospital cercano en el que se le diagnosticó cervicalgia con una importante rectificación de la columna vertebral . La mujer ha presentado un informe pericial en el que consta que las lesiones exigieron de tratamiento de fisioterapia durante 86 días delas que cinco tuvieron carácter de molestias moderadas. Se le ha quedado como secuela un agravamiento de una dolencia cervical previa que está valorada en dos puntos en le ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

El recurso alega que las pistas deportivas municipales no contaban con una valla metálica de protección que es lo que ocurre en buena parte de las instalaciones de este tipo en el término municipal. Presenta el ejemplo de las existentes en una zona anexa a Carlos III que disponen de una protección de cinco metros de alto . La defensa de la mujer presentó una reclamación patrimonial previa, de carácter administrativo, ante el Ayuntamiento de Córdoba. Los menores no pudieron ser identificados en el momento de los hechos, dice el recurso, que reclama la presencia de numerosos testigos.

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