Economía

¿Quién podrá acogerse a los bonos comerciales del Ayuntamiento de Córdoba?

Cada usuario podrá adquirir bonificaciones personalizadas de hasta 100 euros, que sólo se podrán usar en determinados comercios al por menor

El Ayuntamiento de Córdoba lanza el bono del comercio dos años después

Tiendas en el Centro de Córdoba a comienzos del verano pasado Ángel Rodríguez

R. V. M.

El Ayuntamiento de Córdoba ha aprobado ya las bases para los bonos comerciales destinados a ayudar a las tiendas de cercanía por la crisis del Covid-19. No estarán disponibles como poco hasta el mes de octubre , dos años y medio después del inicio de la crisis, pero ya se conocen las líneas maestras de su funcionamiento.

Los bonos implican a tres partes. Por un lado el Consistorio , que financia la medida con unos 800.000 euros , cantidad de la que no se sabe aún si habrá que detraer todo lo necesario para activar la medida, como una plataforma de pago , aplicaciones y en general todo lo relacionado con la tecnología.

Los comerciantes

La segunda pata de los bonos comerciales la componen los propios comercios. Estos tickets de 10 euros cada uno no podrán emplearse en cualquier tienda . Por ejemplo, quedan fuera los grandes almacenes o las tiendas de alimentación.

Tendrán que ser los propios empresarios los que soliciten su participación , siempre que pertenezcan a alguna de las siguientes actividades:

Textiles , confección, calzados, pieles y cuero; textiles para el hogar; prendas de vestir y tocados; lencería y corsetería; mercería y paquetería; prendas especiales; calzado y complementos de piel; confecciones de peletería ; droguería y perfumería; perfumería y cosmética; herbolarios; muebles (excepto los de oficina); aparatos de uso doméstico; menaje, ferretería y adorno; materiales de construcción; puertas, ventanas y persianas; artículos de bricolaje; artículos para el hogar; maquinaria (salvo aparatos del hogar, de oficina, médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos); bienes usados; instrumentos de música y accesorios; comercio al por menor; sellos, monedas, medallas y coleccionismo; muebles y máquinas de oficina; aparatos médicos y ortopédicos; libros, periódicos o revistas; artículos de joyería, relojería y bisutería; juguetes, artículos de deporte y armas; semillas, abonos, flores y plantas; y sex shop .

Los establecimientos no podrán limitar el uso de los bonos a determinadas mercancías y cada uno de ellos tendrá derecho a emplear hasta 300 por una cantidad de 3.000 euros. Tampoco podrán devolver dinero en metálico del bono en ningún caso y si la mercadería es devuelta habrá que proceder a liberar el bono para que el consumidor pueda hacer uso del mismo en otra ocasión.

Los consumidores

Finalmente están los propios consumidores . No hace falta ningún requisito especial, ni siquiera estar empadronado en el municipio; basta con aceptar las bases de la convocatoria. Cada persona podrá adquirir hasta 10 bonos por un valor de 100 euros. Lo que no se sabe aún es cómo ni a través de qué plataforma se podrán comprar.

Lo que sí está claro es que cada bono estará numerado y etiquetado para que resulte único. Además, estará vinculado a cada consumidor, que deberá aportar su DNI así como su nombre y apellidos .

Se trata, por tanto, de un producto personalizado por lo que no existe el derecho a la devolución ni al desestimiento. Una vez adquiridos el comprador deberá gastarlos si no quiere perder el dinero.

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