TRASPASO

Prasa, actor principal si González vende el Córdoba CF

La empresa cordobesa tiene un derecho de tanteo ilimitado en el tiempo

Carlos González y José Romero se dan la mano ROLDÁN SERRANO

JAVIER GÓMEZ

La venta del Córdoba no es un proceso fácil. Todo lo contrario. No se limita a la existencia de un comprador, un vendedor, un objeto y un precio. Aquí también hay terceros implicados determinantes y decisivos. Un dato que aporta garantías extra a cualquier posible enajenación del paquete de acciones mayoritario de la sociedad anónima deportiva blanquiverde. Por ejemplo, Grupo Prasa (José Romero) tiene un derecho de adquisición preferente (tanteo, en este caso) sobre cualquier oferta de venta que intente concretar Ecco Documática (Carlos González), en virtud de los compromisos que adquirió el presidente cuando compró el club el 3 de junio de 2011.

En virtud de ese derecho de adquisición preferente de la constructora y promotora cordobesa, cualquier oferta de venta que se proponga concretar González debe ser comunicada previamente a Romero. Si Prasa decidiese ejercer su derecho de tanteo sobre cualquier oferta presentada a Ecco Documática tendría que hacerlo en el plazo de 30 días desde la notificación de todos los extremos de la adquisición.

Este derecho de tanteo de Prasa no está limitado en el tiempo, es decir, que Romero podrá ejercerlo siempre que González quiera vender. Es una diferencia fundamental respecto al reparto de la plusvalía en caso de venta, que se cumple el 3 de junio de 2016.

Subrogación del comprador

Otra arista fundamental de cualquier proceso de venta del Córdoba será la obligación de comprador de subrogarse en los derechos y obligaciones que Ecco Documática asumió respecto a Prasa cuando compró el club. El punto de dos del citado «Pacto Cuarto» tampoco deja ningún lugar a dudas al respecto. «Toda transmisión», expone, «exigirá la previa aceptación del adquirente de los pactos contenidos en el presente contrato de compraventa», lo que significa, y así lo aclara la escritura, la «subrogación de dicho adquirente en los derechos y obligaciones que se establecen para Ecco Documática en el mismo».

Esto supone un esfuerzo extra para un hipotético comprador . Significa que tendría que asumir todas cláusulas, derechos y obligaciones que Prasa ya exigió a González para hacerse con el control del Córdoba . En la práctica, se traduce en que José Romero descargaría las obligaciones, responsabilidades y limitaciones que fijó a González sobre el nuevo adquirente.

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