TRIBUNALES

El SAS pagará por la muerte de una mujer en el Hospital Infanta Margarita de Cabra

El TSJA confirma un fallo que acredita que el cirujano no recibió toda la historia clínica

RAFAEL RUIZ

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) pagará una indemnización total de 133.000 euros (114.000 al cónyuge y 9.500 euros a cada uno de los hijos) de una mujer que falleció en el hospital Infanta Margarita de Cabra en 2002 tras someterse a una intervención quirúrgica.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia anterior en la que queda creditado que la sanidad pública funcionó de forma deficiente con esta mujer aquejada de hipertensión, obesidad y diagnosticada de flebitis en miembro inferior izquierda. La atención sanitaria concreta que ha motivado el recurso judicial -coordinada por el abogado Segundo López Izquierdo- se realizó en el centro sanitario citado para la valoración de una hernia umbilical . Para curar esa dolencia, la paciente se sometió en 19 de octubre de 2002 a una cirugía de hermiorragia con colocación de malla. Al día siguiente, fue dada de alta con la indicación de que tomase nolotil y paracetamol en el caso de que hubiese dolor.

Según los hechos probados que se reconocen en el caso, la mujer acudió un mes antes a urgencias por un proceso de tromboflebitis por el fue dada de alta con un tratamiento de heparina de bajo peso molecular. La heparina es un medicamento anticoagulante. Según los documentos judiciales, el doctor que realizó la cirugía reconoció en su declaración en un procedimiento que no constaba ningún documento de la atención recibida en urgencias por esta dolencia en la historia clínica. Las sentencias del caso consideran totalmente probado que existió una disfunción entre los departamentos de urgencias que trataron el caso y la unidad de cirugía de forma que el doctor que realizó la operación nunca tuvo en su mano un elemento clave para valorar el caso.

Según los datos periciales, un enfermo con los atecedentes mencionados no se somete a una cirugía de estas características por los problemas que pudieran surgir que fueron, precisamente, los que ocurrieron. La paciente falleció de un tromboembolismo agudo de pulmón . El deceso fue, además, producto de un empeoramiento muy rápido. La mujer ingresó de extrema gravedad en críticos y falleció un día después.

Las sentencias entienden que existe un nexo relevante entre la ausencia de documentación de la historia clínica y el resultado fatal. En el transcurso del caso, se asegura que la paciente no informó a su cirujano de la dolencia por la que fue tratada en urgencias. Los jueces entienden que no tenía conocimientos para valorar la relevancia.

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