Desescalada en Córdoba
Nuevas medidas Covid Córdoba | Estos son los aforos y restricciones que entrarán en vigor este jueves 13
Castro del Río sale del nivel 4, pero matendrá el cierre hasta la medianoche del sábado al domingo
El comité de expertos de salud pública de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía se ha reunido esta tarde y ha determinado que todas las áreas sanitarias de Córdoba continúen como hasta ahora según los mismos niveles. Sigue así el proceso en la lucha contra el Covid tras decaer el estado de alarma.
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Las tasas de incidencia a 14 días no se han modificado sustancialmente y la situación de la desescalada continúa sin cambios . Córdoba capital, Guadalquivir y el Norte sigue en nivel 2 y el Área Sur está en nivel 3.
Una novedad es que Castro del Río , que es el municipio que presentaba una tasa de incidencia más elevada, sale del nivel 4.2 para estar en el 3, aunque el cierre perimetral se mantiene hasta la medianoche del sábado al domingo.
Estos son sus aforos y restricciones en nivel 2, siempres según el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía .
Hostelería
El aforo está limitado en el interior al 75% , mientras que las terrazas exteriores podrán ocuparse en su totalidad según lo que indique la licencia concedida en 2020, o en el presente año si es de primera concesión. Se podrán sentar seis personas en el interior y ocho en el exterior en cada mesa, y las barras estarán habilitadas.
Los buffets están permitidos siempre y cuando se apliquen medidas para garantizar la distancia de seguridad, con señalética adecuada y gel de manos en las instalaciones.
Con carácter general, el consumo deberá hacerse en mesas separadas 1,5 metros, y si se hace en barra debe mantenerse la misma distancia entre grupos.
El horario de cierre de los bares y restaurantes queda establecido a las 24.00 horas, salvo para los establecimientos sin música acogidos a un régimen especial.
Comercio
La distancia de seguridad queda establecida en 1,5 metros, tanto entre clientes como con los trabajadores del establecimiento, señalizada con marcas en el suelo. En el nivel de alerta sanitaria 2, el aforo se sitúa en el 75 por ciento.
Si el local dispone de dos puertas, se podrá hacer un uso diferenciado de las mismas para la entrada y la salida, y siempre deberá haber gel hidroalcohólico a disposición de los clientes.
Los establecimientos comerciales deberán hacer al menos dos veces al día una limpieza y desinfección de las instalaciones, especialmente en las superficies de contacto y en los puestos de trabajo. También habrá que prestar cuidado en la limpieza de los aseos y probadores, además de facilitar medios de pago sin contacto.
En el caso de los mercadillos al aire libre, en el nivel 2 se permite la ocupación total de los puestos siempre que pueda garantizarse la distancia de seguridad de 1,5 metros.
Hoteles y alojamientos
En el nivel de alerta 2, las zonas comunes podrán estar ocupadas al 75 por ciento si son exteriores y al 50 por ciento en interiores. Las actividades de grupo tendrán que diseñarse para un máximo de 20 personas.
Piscinas colectivas y playas
Será obligatorio realizar una limpieza y desinfección de los espacios comunes como vestuarios y baños antes de la apertura en cada jornada y aplicar las medidas necesarias para garantizar siempre la distancia de seguridad de 1,5 metros.
En el nivel 2, el aforo se establece en el 100 por cien de ocupación en piscinas exteriores y el 75 por ciento en interiores.
En las playas no hay normas especiales para el nivel 2, pero en todos los casos hay que garantizar la distancia, preferiblemente con una distribución espacial y planes de seguridad.
Velatorios y entierros
En el nivel 2, los velatorios pueden celebrarse con 25 personas al aire libre o 15 en interiores. Esta última cifra puede superarse si todos los asistentes son convivientes. La comitiva de acompañamiento, sin embargo, puede alcanzar hasta los 35 asistentes más el ministro de culto.
Bodas y salones de celebración
Las ceremonias civiles o religiosas podrán celebrarse en cualqier instalación, con un aforo del 60 por ciento tanto en exterior como interior, aunque en este último caso se debe mantener la distancia de seguridad y los asistentes deberán estar sentados.
Los salones en el nivel 2 podrán acoger al 75 por ciento de su aforo en mesas, con un máximo de seis personas por mesa en interiores. El máximo permitido es de 200 personas en espacios cerrados. En exteriores, por contra, se permite el 100 por cien de aforo, máximo de ocho personas por mesa y hasta 400 personas.
Las orquestas están permitidas siempre que sean de pequeño formato y tengan una distancia de tres metros con el público. El baile, por el contrario, está prohibido .
Establecimientos de ocio
En este apartado se incluyen las discotecas y el ocio nocturno, que puede estar abierto hasta las dos de la madrugada. El aforo está limitado al 50 por ciento pero sólo para el consumo en el interior del local.
Las terrazas de este tipo de negocios podrán ocuparse en su totalidad con hasta ocho personas por mesa (son seis en interiores). Las barras podrán usarse pero solo en exteriores y con distancia de seguridad, estando totalmente prohibidas en interiores.
Los conciertos y actuaciones están permitidos sólo en exteriores, siempre que sean de pequeño formato, con separación de tres metros hacia el público y con el baile prohibido .
Establecimientos recreativos
Si se trata de parques infantiles , en el nivel 2 el aforo queda reducido al 50 por ciento al aire libre y el 40 por ciento en interiores, con un máximo de 15 participantes por grupo. No se permiten las piscinas de arena o de espuma.
Para parques temáticos y acuáticos el aforo es el mismo, pero las atracciones se regirán por lo dispuesto para las atracciones de feria. Y estas pueden ocuparse hasta el 60 por ciento de los asientos de cada fila, aunque si todos viven en el mismo domicilio podrá usarse toda la fila. Si son atracciones sin asientos, el aforo se reduce al 50 por ciento y al 30 por ciento si no se puede garantizar la distancia.
Festejos taurinos
En los festejos taurinos no estará permitida la venta itinerante de comida y bebida y sólo se podrá consumir agua envasasa en los asientos. Si el recinto dispone de servicio de hostelería, sólo podrá consumirse en los espacios habilitados y ateniéndose a las normas para estos establecimientos.
En el nivel 2 de alerta no están recomendados los festejos taurinos populares, aunque tampoco están prohibidos. Los aforos son del 50 por ciento y tendrá que haber una localidad de separación entre grupos en todas las direcciones.
Instalaciones deportivas
El límite de aforo es del 75 por ciento al aire libre y el 65 por ciento en interiores. Los deportes de equipo se podrán disfrutar con un máximo de 30 personas en grupos estables, y 15 en el resto de deportes.
Las clases deportivas tendrán un máximo de 20 personas al aire libre y 15 en interiores, con distancia de 1,5 metros. Las competiciones podrán albergar hasta un 60 por ciento al aire libre con máximo de 2.000 personas, mientras que en el interior será del 50 por ciento y 1.000 personas.
Campamentos
Los campamentos y acampadas podrán acoger hasta 150 personas al aire libre o un 50 por ciento del aforo habitual en espacios cerrados, con un máximo de 100 participantes. Si no se puede garantizar la distancia habrá que hacer grupos, y la duración de las actividades (salvo que se incluya la pernoctación) no podrá superar las 12 horas.
Los comedores en este tipo de instalaciones están limitados al 50 por ciento con seis personas por mesa. Las tiendas de campaña de tres personas o menos sólo podrán ocuparse por un participante, y el 50 por ciento de ocupación si son de 4 plazas o más, o bien si tienen puertas o paredes elevables.
Zoológicos y botánicos
Los zoológicos y botánicos podrán realizar su actividad con un aforo de dos tercios y el 50 por ciento en las atracciones. Los grupos estarán limitados a 25 personas incluido el monitor o guía y siempre con distancia de seguridad.
Casas de apuestas
Pueden abrir hasta las 2.00 de la madrugada , pero si disponen de servicio de restauración éste deberá cesar a medianoche. El aforo queda establecido en el 75 por ciento de la capacidad. Pueden permanecer seis personas por mesa en interiores y ocho en exteriores.
Residencias, peñas y asociaciones
Las residencias de estudiantes en el nivel 2 pueden usar las zonas comunes al 75 por ciento. Los comedores igual, con límites de 125 personas en interior y 175 en exteriores.
En las peñas y asociaciones de todo tipo, la ocupación de las zonas comunes podrá ser del 75 por ciento siempre que se guarden las distancias de seguridad.
Centros culturales
Los centros culturales (incluyen museos, bibliotecas, teatros, cines...) tendrán en el nivel 2 un aforo permitido del 75 por ciento. En interiores, los grupos podrán estar formados por hasta seis personas, separadas de otros grupos por al menos una butaca o localidad.
Las visitas de grupos podrán estar formadas por hasta 20 personas en monumentos y museos, con un 75 por ciento de aforo máximo.
Si se prevé concentrar a más de 400 personas en espacios cerrados u 800 al aire libre, las autoridades sanitarias deberán hacer una evaluación del riesgo .
Congresos
En los congresos , ferias y otro tipo de eventos profesionales la limitación es del 75 por ciento del aforo del lugar de celebración, con 500 personas en espacios cerrados y 800 al aire libre, siempre con una localidad de separación entre grupos.
En los transportes públicos pueden emplearse todas las plazas sentadas pero sólo el 75 de las plazas de pie.
Transportes
Sin embargo, en este sector lo más destacado es la obligación que tienen las compañías de recuperar la mayor parte de los servicios existentes antes del 14 de marzo del año pasado. Así, los servicios de transporte regular de viajeros por carretera tendrán que situarse al 70 por ciento y aumentar según la demanda. Las empresas tienen hasta el 1 de junio para adaptarse.
En los servicios metropolitanos como el que da Aucorsa la oferta tendrá que ser del 100 por cien en hora punta (de 7 a 9 horas; de 13.30 a 15.30 y de 19 a 21), y del 70 por ciento en horario valle o festivos.
En el caso del transporte en vehículos privados , las motos podrán circular con dos pasajeros y los coches de hasta nueve plazas en su totalidad.
Parques y jardines
En los espacios naturales las actividades de grupo podrán contar con 15 personas o 20 si es al aire libre, siempre con un aforo del 70 por ciento máximo.
En las zonas urbanas se permitirá ocupar parques y jardines con hasta una persona por cada cuatro metros cuadrados de terreno. Las actividades estarán diseñadas para un máximo de 20 personas.
Centros de enseñanza no reglados
Las academias , autoescuelas y centros similares tienen una capacidad permitida del 85 por ciento, con distancia de seguridad y un máximo de 25 alumnos por aula.
Caza y pesca
La actividad cinegética está permitida en el nivel 2 en todas sus variantes, pero siempre se deberá practicar con mascarilla y distancia de seguridad. El responsable de la cacería deberá contar con un plan de actuación que detalle las medidas que se deben tomar.
La pesca también está permitida, pero de nuevo con mascarilla, distancia y de seguridad y, en el caso de que se practique desde un barco, con el máximo de plazas establecido en sus características.
Comedores sociales
El aforo en los comedores sociales está limitado al 85 por ciento en el interior, siempre con distancia de seguridad y seis comensales por mesa. Se permite en este caso la recogida de los alimentos para su consumo fuera de las instalaciones.
En el nivel 3 está el sur de la provincia de Córdoba, que continuará con restricciones algo más severas para contener el avance de la enfermedad.
Hostelería
En la hostelería los establecimientos no podrán pasar de la mitad de su aforo para los clientes que consuman en el interior, pero fuera sí que se podrán ocupar todas las mesas de la terraza, siempre con un límite en las mesas de 4 en el interior y 6 en el exterior . Se permiten el servicio en barra y el de buffet.
Comercio
Para tiendas y comercios, además de las normas generales de 1,5 metros de separación entre los clientes y entre éstos y los responsables del establecimiento, en el interior no se podrá sobrepasar el 60 por ciento del aforo. Para mercadillos al aire libre , el máximo será del 75%.
Piscinas
En piscinas de uso colectivo el aforo máximo será del 75 por ciento de su capacidad en exterior y del 50 en interior.
Velatorios y entierros
Los velatorios serán de 20 personas al aire libre o de 15 en interior, salvo que que los convivientes sumaran un número superior. La ceremonia de inhumación o de cremación será para un máximo de veinte personas además del sacerdote o ministro del culto correspondiente. En iglesias y templos de culto, la limitación de asistentes será también del 50 por ciento.
Bodas y salones de celebración
En ceremonias civiles y celebraciones todos deberán estar sentados con carácter general. Para el nivel 3 tendrán que limitarse al 50 por ciento de la capacidad de aforo del sitio en que se celebran, tanto al aire libre como cerrado.
Para lo salones de celebraciones la limitación será del 50 por ciento en mesas o agrupaciones de mesas y con un máximo de 100 personas en espacos cerrados. Las mesas tendrán un límite de cuatro personas en interior . No se permitirán baile ni actuaciones musicales.
Establecimientos de ocio
Par a establecimientos de ocio y esparcimiento público, la Junta de Andalucía establece que para interiores se permitirá su apertura sólo si no sirven bebidas. En exteriores se consentirá el 50 % de las mesas que se habían autorizado el año anterior, con un límite de 6 personas por cada una.
Establecimientos infantiles
Para establecimientos recreativos la apertura estará condicionada a fiestas infantiles a un 30 por ciento con un máximo de doce participantes por cada grupo. No se podrán usar areneros o piscinas de espuma.
Ferias y fiestas
Hay también normativa para instalaciones de feria , que en nivel 3 serán del 50 por ciento de los asientos en cada fila, aunque se podrán usar todos si son personas que residen en el mismo domicilio. En las que no tengan asientos la capacidad será del 30 por ciento y no se puede mantener la distancia de seguridad, del 20 por ciento.
Fiestas, verbenas y romerías no se podrán celebrar en el nivel de alerta sanitaria 3. Para espectáculos taurinos no se puede superar el límite del 40 por ciento del aforo, con localidades que deberán guardar una distancia de seguridad de 1,5 metros en la misma fila. Se prohíben los espectáculos taurinos populares.
Instalaciones deportivas
Las limitaciones para la práctica deportiva en instalaciones al aire libre serán del 60 por ciento en el nivel 3 y del 50 por ciento en el interior. Si la naturaleza del deporte hace inviable mantener la distancia de seguridad se deben constituir grupos de no más de 25 personas.
Para prácticas deportivas y aeróbic podrán participar un máximo de 15 personas en el exterior y 10 en el interior, con 1,5 metros de distancia, uso obligatorio de mascarilla y sin compartir material. En pruebas y citas deportivas el público no podrá pasar del 50 por ciento y de 1.000 personas al aire libre, y del 40% y 500 personas en interior. La navegación de recreo, que en Córdoba se hace en algunos puntos de pantanos y ríos, deberá estar al 75% de lo autorizado en cada nave.
Campamentos
Para acampadas y campamentos juveniles no podrán pasar de 75 participantes, que en el interior serán 50 con un 40 % del aforo habitual. La duración de la actividad se limitará a doce horas si no hay pernoctación por subgrupos de hasta 10 menores de 12 años y de 15 mayores de 12 atendidos por un monitor. Los comedores tendrán que respetar las normas de la hostelería: 50% de capacidad con un máximo de seis personas por mesa.
En las habitaciones compartidas el aforo será del 50 por ciento con una sola persona por litera en el caso de que existan, y un mínimo de dos metros de separación. En las tiendas de campaña de tres personas sólo podrá haber una persona, y a partir de entonces no podrán pasar del 50 por ciento.
Para lugares de actividades zoológicas y jardines botánicos el aforo máximo será del 50 por ciento y de un tercio de las atracciones y las visitas serán de un máximo de 15 personas.
Casas de apuestas
La Junta de Andalucía establece también la normativa para establecimientos de apuestas deportivas , en que en nivel 3 no se podrá pasar del 50 % del aforo autorizado.
En residencias de estudiantes, la ocupación de las zonas comunes no podrá pasar del 50% del aforo autorizado, que en los comedores tendrá una limitación de 75 personas en el interior y 100 en el exterior.
Peñas y asociaciones
Para peñas y asociaciones, la normativa establece una ocupación máxima del 50% del aforo autorizado siempre que se guarde la debida distancia interpersonal.
Teatros y centros culturales
Para centros culturales como museos, teatros y bibliotecas la asistencia máxima será del 60 por ciento del aforo permitido, con agrupaciones de hasta seis personas. Se permitirán ensayos y conciertos de bandas de música con cubrecampanas para prevenir riesgos.
Podrán asistir hasta un máximo de 50 personas al aire libre y de 6 en el interior, con una separación de dos metros. Los conciertos se podrán celebrar al aire libre, con un máximo de 4 metros entre la formación musical y el público y dos metros entre los componentes. En el caso excepcional de que puedan hacerse en el interior será hasta un máximo de 50 componentes.
En bibliotecas y centros de documentación el máximo será del 65 por ciento permitido para cada una de sus salas y espacios públicos.
Congresos
La normativa para congresos, reuniones de negocio , conferencias y ferias comerciales limitará la asistencia al 60 % del aforo máximo, con una distancia de 1,5 metros, con un máximo de 400 personas en el interior y 600 al aire libre. Se podrá solicitar ampliarlo, pero necesitará permiso específico de las autoridades sanitarias.
Hoteles y alojamientos
Para hoteles, alojamientos turísticos , campings y zona de pernocta de autocaravanas la ocupación en el exterior no podrá pasar del 50% y en el interior de un tercio de sus zonas comunes . Las actividades de animación o clases grupales no podrán pasar de 15 personas.
Transporte
En los servicios de transporte regular de viajeros, la normativa de la Junta de Andalucía establece que en los que todos deban ir sentados se podrán usar la totalidad de los asientos en el nivel 3. En aquellos de carácter metropolitano en que haya personas que puedan ir de pie, se usarán el 75 % de las plazas disponibles , siempre con la distancia de seguridad.
En motocicletas y ciclomotores de dos plazas podrán viajar ambos y en el transporte público de viajeros de hasta nueve plazas podrá haber dos personas por cada fila adicional, con la máxima distancia posible. Podrán ser tres si son convivientes.
Actividades y naturaleza
En grupos de ocio y turismo activo en la naturaleza los grupos no podrán pasar de 20 personas, y en grupos de guías turísticos no se podrán sumar más de 15 personas.
En actividades educativas ambientales y visitas guiadas a zonas naturales los grupos serán de un máximo de 10 personas en espacios cerrados y de 15 al aire libre. Los equipamientos de recepción tendrán como límite el 60 % de su aforo máximo.
Enseñanza no reglada
Para academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada la ocupación del establecimiento no podrá superar el 60 % del aforo autorizado con un máximo por aula de 25 personas .
Parques y jardines
Los parques, jardines y áreas recreativas estarán abiertos al nivel 3 con un aforo máximo estimado de una persona por cada 4 metros cuadrados de espacio y las actividades comunes no podrán tener grupos de más de 15 personas.
Caza y pesca
La norma de la Junta de Andalucía también regula la actividad de caza , que estará permitida respetando la distancia de seguridad intepersonal y con mascarilla siempre que sea posible. Si hay algún servicio de hostelería y restauración el aforo máximo será del 50% con un máximo de 50 personas en el interior y de 75 al aire libre. Las mesas no podrán tener más de seis personas y si se hace en un establecimiento regirán las normas generales.
Para pesca fluvial la normativa será igual que en la caza, pero si es en embarcación el máximo será de personas será del 75% de la capacidad máxima.
Centros sociales
En comedores sociales y centros de tratamiento ambulatorio para personas con adicciones, el aforo máximo será del 50% en el interior del local, siempre que se garantice la distancia de seguridad, y con mesas de hasta seis personas.