TRIBUNALES

El notario Carlos Alburquerque acepta 9 meses de cárcel por apropiación indebida tras devolver el dinero

En una sentencia de conformidad notificada a la prisión de Córdoba donde cumple condena por hechos similares

El Supremo confirma la pena de cuatro años de cárcel para el notario de Córdoba Carlos Alburquerque

Carlos Alburque en su despacho RAFAEL CARMONA
Pilar García Baquero

Pilar García Baquero

Esta funcionalidad es sólo para registrados

El notario Carlos Alburquerque ha aceptado una pena de 9 meses de cárcel como autor de un delito de apropiación indebida en el ejercicio de su profesión en Córdoba entre los años 2008 y 201 5 en una sentencia de conformidad dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba .

El notario cordobés de este modo ha reconocido los hechos de los que venía acusado por el Ministerio Fiscal y ha consignado 33.856,65 euros en para indemnizar a los once clientes suyos perjudicados por en estos hechos.

La sentencia l e ha sido notificada por parte de la Audiencia Provincial de Córdoba en la prisión de Córdoba donde cumple condena después de que el Tribunal Supremo (TS) confirmara en el verano de 2020 otra condena de junio de 2018 de cuatro años de cárcel para este notario, ya jubilado, por un delito continuado de apropiación indebida tras quedarse con 400.920,39 euros de más de un centenar de clientes entre los años 2005 y 2015.

De esta forma, el juicio que se iba a celebrar este próximo jueves 13 de enero en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial ha sido suspendido, tras llegar a esta sentencia de conformidad en la que la pena solicitada en un principio por la Fiscalía se ha reducido notablemente tras apreciar una atenuante muy cualificada de reparación del daño.

La sentencia recoge que el acusado Carlos Alburqueque venía ejerciendo su actividad profesional como notario en Córdoba y entre los años 2008 y septiembre de 2015 , fecha en la que se jubiló, recibió de distintos particulares y sociedades, confiados en la credibilidad profesional del acusado, diversas cantidades de dinero como provisión de fondos (bien por cheque bancario o a través de transferencia bancaria) para que llevase a cabo escrituras, liquidaciones de impuestos, actas o inscripciones en el Registro de la Propiedad , entre otras.

Sin embargo, según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, a pesar de haber recibido esas cantidades - 33.856,65 euros - lejos de dar el destino delimitado a ese dinero se apropió de las mismas con ánimo de enriquecimiento ilícito , sin llegar a ejecutar bien todos, bien parte de los trabajos encomendados .

Para lograr su finalidad, el acusado se valía de una empresa cuyo objeto social era el asesoramiento y tramitación de todo tipo de documentos de organismos públicos o privados, y a a través de la cual se gestionaba administrativamente la documentación que se derivaba de las escrituras públicas , y en cuya cuenta bancaria ingresaba esas provisiones de fondos junto con las cuentas bancarias del acusado, y en la que ostentaba el cargo de administrador único desde octubre de 2014 .

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación