TRIBUNALES

Los letrados de la Administración de Justicia de Córdoba convocan huelga para el día 26 de enero

Reivindican la mejora salarial como Cuerpo Superior del Estado ajustada al puesto de responsabilidad que ocupan

Juicio en la Ciudad de la Justicia de Córdoba VALERIO MERINO

P. G-B.

Los Letrados de la Administración de Justicia de Córdoba están llamados a la huelga el próximo 26 de enero lo que podría conllevar la suspensión de juicios y actos jurídico s o registros durante esa jornada donde sólo se establecerán servicios mínimos.

Los letrados de la Administración de Justicia en Córdoba consideran que pese a pertenecer al Grupo A 1 del Ministerio de Justicia su categoría no está bien remunerada al puesto que ocupan sin subidas salariales importantes, ya que han sido paralizadas en las últimas dos décadas, sin posiblidad, en muchos casos de negociación colectiva , según han informado a ABC algunos de estos letrados de los juzgados cordobeses.

En total están llamados a la huelga unos 43 letrados de la Administración de Justicia de la capital y más de una veintena destinados en los diferentes registros , servicios comunes y juzgados de la provincia.

A la espera de que el Ministerio fije los servicios mínimos para esa jornada , estos funcionarios del Cuerpo superior de la Administración pública llegan a este punto tras el fracaso de las ultimas reuniones mantenidas con el Ejecutivo.

De hecho, según un comunicado de la Unión Progresista de Letrados de la Administración de Justicia, en la última reunión a instancia del Secretario de Estado de Justicia con los Letrados se repasaron las reivindicaciones que han motivado la convocatoria de huelga , y el representante del Gobierno manifestó su predisposición a abordarlas con las asociaciones en una próxima reunión, siempre y cuando se desconvocara la huelga.

Sin embargo, según la UPSJ, «es evidente que este planteamiento de inicio resulta inasumible. Y los LAJ solicita al Ministerio que convoque, a la mayor brevedad, a una reunión al Comité de huelga, ya constituido, y al resto de asociaciones, con el fin de reconducir el conflicto».

Desde el momento del preaviso (ya efectuado en plazo) y durante la huelga, el Comité de huelga y, en este caso, el Ministerio, «deberán negociar para llegar a un acuerdo·, según establece el art. 8 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, que regula este derecho fundamental.

El Ministerio de Justicia, según añade en una nota de prensa la UPSJ «no debería obviar esta obligación legal, ni tampoco mirar para otro lado ante las masivas asambleas, que se siguen convocando en todos los partidos judiciales del país, en apoyo de unas reivindicaciones legítimas, justas e inaplazables de un Cuerpo Superior del Estado ».

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