TRIBUNALES
El Juzgado de Primera Instancia 9 se dedicará a resolver demandas por cláusulas hipotecarias
El CGPJ dotará de refuerzo o juzgado bis a este órgano cuando valore el volumen que recibe de asuntos
A partir del próximo 1 de junio, el Juzgado de Primera Instancia 9 de Córdoba será el encargado de asumir las demandas por cláusulas suelo. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó el pasado jueves la especialización de un total de 54 juzgados de Primera Instancia, entre los que está el cordobés, para que se ocupen, de manera exclusiva pero no excluyente , de los pleitos relacionados con cláusulas hipotecarias.
El volumen de asuntos que ingresan los juzgados en Córdoba sobre esta materia es alto. Sólo en el primer trimestre se han recibido 204 demandas relacionadas con las cláusulas suelo, a las que se suman los 93 actos de conformidades sobre la misma materia, según han informado a ABC fuentes judiciales.
Las estimaciones de los jueces de Primera Instancia son que el año acabe, al menos, con más de un millar de demandas por cláusulas suelo, gastos hipotecarios y cálculo de devoluciones, entre otras cuestiones relacionadas, según han informado estas mismas fuentes. Así las cosas, a medida que se vayan conociendo las cifras de ingreso de asuntos en los órganos especializados, el CGPJ ha anunciado que « hará una valoración ajustada de las necesidades , de manera gradual y flexible, que será inmediatamente comunicada al Ministerio de Justicia y a las Comunidades Autónomas con competencia en esta materia».
Por tanto, según ha podido saber ABC, habrá un módulo de refuerzo más reducido en aquellas provincias en las que el número de asuntos supere los 400 y otro, más completo, es decir con más gestores y tramitadores si se superan los 900 asuntos , que sería el caso de Córdoba. Asimismo, está por ver si la estas unidades de refuerzo contarán con un letrado de la Administración de Justicia exclusivo o si se le ofrecerá a los letrados de la Administración de Justicia propios una ampliación de jornada o productividad.
De tal modo que en aquellos territorios con menor entrada de asuntos, será el titular del juzgado el que asuma el conocimiento de la materia , adoptándose las medidas de compensación y refuerzo que resulten necesarias, como la exención parcial de reparto y el apoyo de los letrados de la Administración de Justicia y funcionarios que sean precisos. Si el ingreso de asuntos es superior, el órgano judicial podrá contar con un «juzgado bis» servido por uno o más jueces de refuerzo , así como con los letrados y funcionarios que se necesiten.
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