CONSUMO

Un juzgado condena a una promotora a devolver la reserva de una vivienda sin trámite de licencia de obra

El cliente, socio de Facua, no recibía información y tras nueves meses del pago de 4.840 euros acudió a los tribunales

J. Pino

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Córdoba ha condenado a una promotora inmobiliaria a devolver 4.840 euros a un cliente que pagó por la reserva de una vivienda que nueve meses después no tenía licencia de obras . La sentencia, además, da por resuelto el contrato y condena en costas a la demandada.

Según la organización de consumidores Facua, el cliente, residente en Córdoba y socio de esta asociación, formalizó en enero de 2018 con la promotora un documento de reserva de un inmueble para el «Edificio Toscana», situado en el paseo del mismo nombre, condicionado a un contrato de promesa bilateral de compraventa. En el escrito constaba, además, la facultad de desistir del documento en cualquier momento a partir de su firma y la resolución automática del mismo pasado el plazo establecido sin que se hubiese formalizado el contrato de compraventa del inmueble.

En septiembre de 2018, tras más de nueve meses sin recibir noticias de la promotora y sin que respondiera a sus constantes requerimientos, el comprador decidió acudir a Facua Córdoba . Tras la actitud de la empresa, el equipo jurídico de la asociación decidió presentar una demanda contra la inmobiliaria, al constatar que no se había formalizado en ningún momento el contrato y que la obra ni siquiera tenía licencia.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Córdoba recoge que «la parte demandada se ha allanado íntegramente a la demanda dentro del plazo para contestar la demanda, y no apreciándose fraude de ley en el allanamiento realizado ni suponiendo el mismo una renuncia contra el interés general o perjuicio de tercero, se ha de dictar sentencia estimatoria».

La jueza, por tanto, ha determinado la resolución del documento de reserva y condena a la promotora a abonar los 4.840 euros más intereses legales desde la fecha de la reclamación extrajudicial (18 de octubre de 2018), e incrementados en dos puntos desde la fecha de dictado de esta sentencia hasta la de su completo pago así como al pago de las costas procesales causadas en esta instancia.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación