TRIBUNALES

El jurado popular declara a Dolores culpable de asesinar a su vecina Rosita, de 80 años, en Córdoba

El veredicto, por unanimidad, ve probada la alevosía, pero también el intento de reparar el daño causado

La acusada conversa con su letrado durante la celebración del juicio VALERIO MERINO

P. Garcia-Baquero

El jurado popular presidido por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha declarado culpable de asesinato a Dolores M.R., de 70 años . El veredicto hecho público en la tarde de este lunes los componentes del jurado han llegado (por unanimidad) a la conclusión de que Dolores M.R. fue a casa de Rosita sobre las 8.30 horas de la tarde del 7 de junio de 2018 y cuando caminaba detrás de ella en el pasillo de su casa le asestó varias puñaladas por la espalda y luego cayó sobre ella y le causó la muerte por asfixia mecánica. El presidente del tribunal debe calibrar ahora la pena de prisión para la encartada. La Fiscalía ha solicitado que le impongan diez años y once meses de cárcel.

Al respecto, el jurado considera culpable a la mujer « en base a la confesión de la misma , realizada en el acto del juicio y corroborada por la declaración de un agente de la Policía Nacional, así como por la de los médicos forenses, que confirman los hechos y los ratifican».

En este sentido, ven probada «la alevosía , en base al reconocimiento por parte de la acusada de los hechos, quien manifestó que el apuñalamiento fue por detrás», al tiempo que «la asfixia se produjo sin que hubiera posibilidad de defensa de la víctima , que estaba boca arriba e inmovilizada por la posición de la procesada sobre ella, siendo la asfixia la causa de la muerte».

Igualmente, han destacado que está « probada la reparación del daño» , tras expresar la acusada que es propietaria de una plaza de aparcamiento y « hace dación en pago de la referida » a los perjudicados, familiares de la víctima, «en concepto de parte de la indemnización reclamada en la causa».

Asimismo, han expuesto que «en caso de ser condenada y de que concurran las circunstancias legales necesarias no debe proponerse al Gobierno el indulto de la pena que le sea impuesta», al tiempo que estiman que «no deben concederse los beneficios de la condena condicional».

La maestra de Priego López

La acusada, a punto de cumplir 70 años, había sido muchos años profesora particular para los vecinos de la calle Maestro Priego López —conocida como Loli—. Era vecina de la víctima y se entregó a la Policía Nacional el mismo día que los agentes comenzaron la investigación tras hallarse el cadáver de la víctima.

El relato que plasmaba el Ministerio Fiscal en su escrito provisional de los hechos recogía que sobre las 20.30 horas del 7 de junio de 2018, la acusada, vecina de Rosita, con la que tenía amistad desde hacía 30 años, acudió a casa de la octogenaria con un cuchillo de pequeñas dimensiones en el bolso, con la intención de dar un susto a la anterior, debido a las desavenencias que tenían en esos momentos.

Al llegar a la casa comenzó una discusión cuando se encontraban en el salón de la vivienda, decidiendo la acusada, en un momento dado, marcharse. Cuando caminaba detrás de la víctima por el pasillo, la acusada, presuntamente, sacó el cuchillo y se lo clavó por la espalda en el cuello, con intención de acabar con su vida, lo que hizo caer a la anciana al suelo. La agresora, corpulenta, se puso encima, donde seguidamente le ocasionó la muerte por asfixia mecánica.

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