TRINUNALES
El jurado declara inocente al acusado de la muerte de otro hombre en Puente Genil
En un segundo veredicto logra los votos suficientes para la absolución de los cargos del procesado
El j urado popular que juzga al acusado del crimen de Puente Genil ha declarado no culpable al acusado por la muerte de un hombre durante una entrega de droga en un paraje de la localidad.
En el segundo veredicto que ha presentado al magistrado el tribunal popular ha logrado reunir 5 votos para la absolución del acusado al no haber pruebas contundentes sobre su culpabilidad. Por su parte, cuatro miembros del jurado popular sí creen que es el autor y han votado sobre su culpabilidad.
El veredicto llega horas después del primero entregado al juez, en el que no se logró los votos necesarios ni para dictar un veredicto de culpabilidad ni uno de no culpabilidad.
El presidente del tribunal, el magistrado Féxlix Degayón , recordó a los componentes del jurado que el objeto del primer veredicto que entregaron no cumplía los requisitos legales necesarios para el dictamen.
En este sentido, el tribunal popular firmó un primer veredicto en el que hubo 6 votos que declaran culpable al acusado y tres inocente de los hechos. Sin embargo, la ley marca que para llegar a un veredicto de culpabilidad son necesarios al menos siete votos y 5 en caso de inocente. El presidente de la sala les devolvió el objeto de veredicto para que volvieran a discutirlo.
El jurado no tenía un tiempo límite para llegar a una conclusión con la que lograr inclinar la balanza en un sentido u en otro , pero si volvían a entregar a la sala otras dos veces más este objeto de veredicto en esos términos, el juicio quedaría suspendido y habría que organizar otro nuevo tribunal para que juzgase al acusado .
Según recoge la calificación del Ministerio Público, «como consecuencia de unas negociaciones anteriores, sobre una transacción de un kilo de cocaína , entre un vendedor de Córdoba y un comprador de Puente Genil, se acordó, tras una entrega fallida el 17 de septiembre de 2012 en Córdoba, que la entrega se hiciera el 18 de septiembre de 2012 en Puente Genil».
De este modo, sobre las 14.40 horas del citado día el fallecido pidió a una persona que le acompañase a Puente Genil «para efectuar una entrega y así ganarse un dinero», de manera que se marcharon los dos en una furgoneta. Cuando llegaron, estuvieron esperando hasta que se personaran en el lugar las dos personas que el vendedor envió para hacer la transacción, para posteriormente dirigirse hacia al paraje Arroyo Blanco .
Una vez allí, les estaba esperando el procesado y la víctima le entregó a una de las personas que acompañaban al acusado «un paquete envuelto en papel, que supuestamente era un bloque de cocaína que se iba a vender», si bien dicha persona le manifestó al vendedor que «dicha sustancia no era cocaína» y efectuó una prueba de pureza, comprobando que no lo era, pero la víctima mantenía que sí, por lo que «se inició un forcejeo entre ambos».
Durante dicho forcejeo, el procesado «sacó de una bandolera una pistola semiautomática y por la espalda y con la intención de acabar con la vida» del vendedor, efectuó una serie de disparos, al menos cuatro , de los que dos de ellos impactaron en la espalda del fallecido, «cayendo al suelo y los cuales le causaron la muerteÌ, según el fiscal.
Tras ello, el acusado y sus dos acompañantes y el acompañante de la víctima se marcharon del lugar de los hechos. Como consecuencia de los disparos, la víctima sufrió «shock hemorrágico o hipovolémico por disparo con arma de fuego de proyectil único -pistola-», según el informe médico forense.