Coronavirus Córdoba

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Rafael Ruiz

Ese compañero del alma, compañero. Ese compadre. Esa pareja con la que no hay papeles. Ese grupo de amigos que tienen una relación tan especial como para pasar las noches más señaladas del año no tienen por qué temer. El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía extraordinario que establece el plan de desescalada de la Navidad ha recogido el término «allegado» tras lo que parece que han sido unas duras negociaciones entre los gobiernos central y autonómico.

El primero había decidido incluir el término «allegado» en dos casuísticas muy concretas. El segundo había decidido que dicho término era poco consistente legalmente . Porque, ¿cómo se demuestran los afectos? Los equipos de ambas partes han negociado alternativas hasta última hora en lo que más parece una finta política final que una cuestión contudente.

Los dos casos en los que el o los allegados estarán recogidos por primera vez en el texto legal son los siguientes. En primera instancia, las personas que tengan que venir desde otros comunidades o hayan de salir a Andalucía para poder estar unos días con esas personas con las que no hay lazos de sangre ni de ningún otro tipo pero a los que se quiere tela. En segundo lugar, podrán participar de las comidas y cenas de los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 y 6 de enero. Por supuesto, hasta un máximo de diez.

La realidad es que el concepto «allegado» o incluso familiar han tenido más de forma que de fondo. Salvo fiesta multitudinaria, no se han producido casos de inspecciones policiales en domicilios privados durante toda la pandemia. De hecho, ni siquiera existe un modelo de documento administrativo que asegure que se está viajando para ver a un familiar o a un allegado.

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