Cultura

La Junta aprueba los nuevos estatutos de la Real Academia de Córdoba

Tendrá presidente en lugar de director y correspondientes sin residencia en la ciudad

Sesión de la Real Academia de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes de Córdoba Miguel Ángel

L. M.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó este martes los nuevos estatutos de la Real Academia de Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes de Córdoba, que sustituyen a los vigentes desde 1992 y con los que esta entidad pretende adaptar su organización y funcionamiento a la realidad social , institucional y jurídica actual.

El nuevo reglamento se estructura en un preámbulo, cinco títulos , dos disposiciones transitorias, una derogatoria y una final. El título primero recoge el régimen jurídico de la entidad, el segundo regula el cuerpo académico , fijando las categorías de académicos numerarios, supernumerarios, académicos correspondientes con residencia en Córdoba capital, académicos correspondientes sin domicilio fijado en la capital cordobesa, pero con iguales derechos y obligaciones que los anteriores; los correspondientes no residentes en Córdoba y los académicos de honor.

El título tercero fija los órganos y cargos de la Real Academia; y el cuarto detalla las funciones académicas, concretando el desarrollo de las labores relacionadas con las publicaciones, investigaciones , conmemoraciones, excavaciones arqueológicas, conferencias, coloquios, cursos, conciertos, recitales, exposiciones o cualquier otro acto de índole cultural. Se incluye también un título adicional en el que se especifica el procedimiento para modificar los estatutos o disolver la academia.

El presidente tendrá sus mandatos limitados a dos cuatrineos y en las nuevas normas se añade la perspectiva de género

Los nuevos estatutos incluyen, entre sus principales novedades, la introducción de la figura del académico correspondiente sin residencia fijada en Córdoba capital, categoría que ostentarán cinco personas. Igualmente, se realiza una actualización de los cargos de la Junta Rectora, que pasa a estar integrada por un presidente , un vicepresidente, un secretario, un tesorero y un bibliotecario. Anteriormente, estaba conformada por un director, un censor, un secretario, un depositario y un bibliotecario.

Se introducen también limitaciones en los mandatos de este órgano, que durarán como máximo cuatro años y podrán renovarse, mediante proceso electoral, por un segundo cuatrienio. Tras la finalización de este periodo, los componentes no podrán volver a presentar la misma candidatura y el presidente no podrá volverse a presentar.

El nuevo documento exige para los nombramientos de académicos la condición de que sean propuestos por tres académicos numerarios . Asimismo, define el ámbito territorial provincial de actuación de la academia, concreta su domicilio social e introduce la perspectiva de género .

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