Tribulales

Juicio Baños de Popea Córdoba: «El vídeo del móvil del acusado demuestra que el niño se estaba ahogando», según el fiscal

Mantiene que hubo «negligencia por parte de los docentes por omisión de la debida diligencia»; el caso ha quedado visto para sentencia

Juicio celebrado esta semana por el Juzgado de lo Penal número 4 de Córdoba VALERIO MERINO

P. García-Baquero

La titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Córdoba ha dejado este viernes visto para sentencia el juicio contra los dos profesores acusados de un homicidio por imprudencia por el ahogamiento de un alumno del IES Colonial de Fuente Palmera durante una excursión a los Baños de Popea en mayo de 2018.

Los abogados de la acusación y las defensas de los profesores, así como los letrados de la Junta de Andalucía y los representantes de las compañías aseguradoras han presentado durante esta tercera sesión del juicio sus informes finales ante el tribunal.

El primer turno ha sido para la representante del Ministerio Fiscal, quien ha mantenido la acusación sobre los dos profesores para los que pide penas de 4 años de cárcel para cada uno como responsables del un homicidio por imprudencia.

En su informe, la Fiscalía ha concluido que los dos profesores tenían la obligación y el deber de «garantizar la integridad de los alumnos» y ha considerado «que los riesgos debeberian haber sido advertidos por los acusados ».

Las propias grabaciones con el móvil realizadas por el profesor acusado, a juicio de la fiscal, «demuestran que el niño se estaba ahogando en ese momento». Además, la representante del Ministerio Público ha cuestionado «cómo se tomaron todas las medidas de seguridad -con profesores y monitores que iban viendo cómo salían uno a uno los niños a nado de la cueva a la playita- mientras no se prestó ninguna atención al baño de esos niños en una zona donde no daban pie».

«Llama poderosamente la atención que en ese lugar no se tomaran precauciones sabiendo que se trataba de río abierto cercano a la zona de la cueva donde se había realizado la actividad de espeleología. Si se fue cuidadoso en la cueva ¿por qué no se atendió a la seguridad en ese lugar?», ha reiterado en la sala la fiscal.

En este sentido, la fiscal ha asegurado que «los cuatro menores que acompañaban a Juan David cuando falleció se bañaban solos en una zona donde estaban indefensos, en río abierto sin dar pie y sin poder agarrarse a algún elemento fijo. Ese hecho le pudo provocar cansancio, miedo o roce de elementos en las aguas oscuras».

Para la Fiscalía, los dos acusados tendrían que haber valorado la dificultad que habría habido a la hora de llegar a socorrerlos estando alejados de ellos. El hecho de que el menor ahogado nadara torpemente eran unas circunstancias que « debieron tener los acusados en cuenta y tener unas diligencias exigibles ».

«La comisión por omisión es una conducta homicida», ha reiterado en la sala la representante de la acusación pública. De haber prestado estas diligencias y haber estado cerca de los menores o revisado el vídeo donde se veía manotear y sumergirse a Juan David, « en una alta probabilidad se hubiera evitado su muerte », ha planteado la Fiscalía en la sala.

Para la fiscal, la conducta imprudente de estos dos profesores fue esta falta de vigilancia de los menores a la que hay que sumar el tiempo que transcurrió desde que se grabó el vídeo que coincide con el momento de la muerte del menor -según la autopsia- a las 6.06 minutos, donde aparece en la grabación nadando torpemente hasta que se percataron de que faltaba Juan David.

Negligencia grave

Estos hechos constituyen una negligencia grave a juicio de la Fiscalía, quien ha solicitado además responsabilidad civil para la familia del menor fallecido.

Por su parte, la acusación particular ejercida por el letrado Gregorio Delgado ha hecho suyas las conclusiones de la Fiscalía de Córdoba quien ha insistido además en que ese día hubo un « cúmulo de imprudencias desde el principio ».

Para Delegado, «el baño en el arroyo Bejarano para el que el menor estaba autorizado no era el baño en el rio Guadiato. El riesgo es tremendo. Si le es exigible a los profesores que hubieran conocido y valorado esos riesgos; eran conocedores de que no hacían pie y asumen la eventualidad del resultado».

Por su parte, los abogados de las defensas de los acusados han solicitado a la jueza la libre absolución de los profesores al entender que estuvieron vigilando y que todo se debió a un fatal accidente difícilmente evitable. Ambos letrados de las defensas han argumentado que los profesores «no fueron advertidos de las dificultades para nadar del menor fallecido y al hecho de que su madre firmó la autorización para que fuera a la excursión a los Baños de Popea, un lugar de esparcimiento donde está autorizado el baño».

Los últimos en mostrar su informe este viernes fueron el abogado de la Junta de Andalucía que ha considerado que «todo fue un accidente quizá provocado porque el menor entró en pánico al zambullirse y salir a la superficie pero difícilmente evitable».

Los representantes de las compañías aseguradoras tanto de la empresa de multiaventuras que organizó la actividad de espeleología como de la propia Junta de Andalucía han mostrado su rechazo a hacer frente al pago de la responsabilidad civil que podría derivarse de estos hechos.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación