Tribunales

El juez le pide a un intermediario 5 años y 3 meses por venta fraudulenta de aceite en Priego de Córdoba

En la operación pudo embolsarse hasta 846.494 euros, según la calificación de la Fiscalía

Producción de aceite de oliva en España ARCHIVO

D. Jurado

El Ministerio Fiscal solicita una pena de 5 años y 3 meses de prisión para el acusado J. A. A. que, presuntamente, realizó ventas fraudulentas de aceite por las que se embolsó la cantidad de 846.494,25 euros . Según recoge la calificación fiscal, a la que ha tenido acceso ABC, el acusado, que representa a una entidad con domicilio social en Priego de Córdoba , se dedica a adquirir partidas de aceite de productores para ofrecerlas posteriormente al mercado para su venta, obteniendo una ganancia con la diferencia del precio de venta.

Pues bien, este intermediador contactó el 7 de mayo de 2015 con una empresa radicada en la localidad de Alcaudete, que tenía el mismo objeto social y que ya había mantenido varias relaciones comerciales con la entidad del acusado. En ese primer encuentro se firmó un contrato por el que la empresa del acusado debía vender la cantidad de 115 toneladas (115.000 kilogramos ) de aceite de oliva lampante genuino a un precio de 2.884,85 euros, fijándose el plazo de entrega el 5 de agosto de ese mismo año. Para su pago, la empresa de Alcaudete entregó al acusado varios pagarés .

Posteriormente, el 7 de mayo de 2015, ambas empresas volvieron a firmar otro contrato por el que la empresa del acusado vendía la cantidad de 105 toneladas de aceite, por valor de 2.884,85 euros , fijándose el plazo de entrega del aceite el 5 de agosto , el mismo día de la entrega de la primera operación. Al igual que ocurrió con el primer contrato la fórmula de pago se hizo entregando al acusado varios pagarés.

Por último, el 14 de mayo de ese mismo año se volvió a cerrar un tercer y último acuerdo entre ambas empresas. En esta ocasión, la firma del acusado se comprometía a entregar 35 toneladas de aceite de oliva lampante genunino a cambio de recibir 2.884,85 euros. El plazo de entrega se fijó para el 25 de julio de 2015 y el método de pago fue el habitual: a través de pagarés.

Cuentas particulares

Pues bien, según la calificación fiscal, en los tres contratos se indicó que el pago de todos los pagarés se haría efectivo a la fecha de sus respectivos vencimientos siempre que el aceite fuese retirado por el comprador. En concreto, la entidad de Alcaudete entregó a la empresa del acusado 17 pagarés por un importe de 846.494,25 euros para la adquisición de 225 toneladas de aceite .

El acusado cobró los pagarés si bien no entregó cantidad de aceite alguna y, «guiado por el ánimo de enriquecimiento ilícito ajeno, descontó tales pagarés e incorporó el dinero a su propio patrimonio, en concreto en cuentas de su titularidad personal, familiar o de la propia entidad, con el consiguiente perjuicio que ello supuso a la entidad compradora».

Hasta el día del vencimiento de los contratos , el acusado no hizo entrega del aceite comprado ni tampoco devolvió el dinero que el acusado se descontó a su favor con los pagarés, por lo que el fiscal considera estos hechos como constitutivos de un delito continuado de estafa.

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