URBANISMO

El juez permite a Tremón vender bienes que le exige Arenal 2000

Una filial del Banco Popular, nuevo dueño de parte del paquete de suelo de la transacción

Rafael Gómez en una entrevista concedida a ABC VALERIO MERINO

RAFAEL RUIZ

La Audiencia Provincial de Madrid ha permitido que el Grupo Tremón lleve a cabo una venta de suelo concertada desde el año 2012 de un fuerte paquete de activos que eran reclamados por el grupo de empresas Arenal 2000 , propiedad de Rafael Gómez , quien ha venido reclamando en los juzgados la nulidad de estas actuaciones desde que fueron planteadas por los administradores concursales.

La empresa podrá transmitir un amplio grupo de bienes a Aliseda, la operadora de activos inmobiliarios (o banco malo) ligada al Banco Popular .

No se trata de la transmisión de un local. Lo que se está abordando es la venta de un nutrido grupo de bienes, una veintena en total, que se encuentran en la zona de Poniente de la ciudad -donde Arenal 2000- tenía una fuerte implantación tanto en edificaciones como en solares, y también en las localidades de Estepona, Marbella y Benalmádena .

No se explicita en la sentencia pero es conocido que en esta última localidad se encuentra el parque de atracciones Tívoli , cuya titularidad oficial es del grupo Tremón pero que sigue gestionado por una sociedad mercantil que es propiedad de Rafael Gómez.

Arenal 2000 y Grupo Tremón realizaron en 2008 , cuando la crisis estaba asomándose a la ventana y la empresa de Gómez entraba en barrena, uno de los acuerdos de venta de suelo más importantes de esa etapa. Gómez decidió vender un paquete de bienes de su enorme patrimonio por un valor cercano a los 400 millones de euros .

La operación de compraventa de activos no llegó a desarrollarse en su integridad y, desde entonces, Rafael Gómez ha defendido su propiedad sobre los bienes que formaban parte del paquete de suelo, en el que se incluyó la Ciudad Deportiva que utiliza el Córdoba CF .

La decisión judicial no entra a dilucidar la cuestión de la propiedad porque tiene un carácter técnico. Manifiesta la Audiencia Provincial de Madrid que el asunto quedó cerrado , y sin posibilidad de recurso, desde el momento en que se incluyeron los bienes de la operación en el listado del concurso de acreedores y el juzgado de lo mercantil dio su visto bueno a la transmisión.

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