TRIBUNALES

El juez de lo Mercantil desestima el recurso de la Federación de Fútbol por la venta del Córdoba CF

Advierte con duras palabras a la RFEF que no va a permitir que se insulte al Poder Judicial

El magistrado Antonio Fuentes en el Juzgado de lo Mercanti de Córdoba RAFAEL cARMONA

El magistrado titular del Juzgado Mercantil de Córdoba , Antonio Fuentes Bujalanc e , ha desestimado el recurso interpuesto por la Real Federación Española de Fútbol contra el auto de fecha 18/11/2019, relativo a la separación de la unidad productiva del Córdoba CF de la propia SAD y la salida a subasta de la misma. En el auto remitido a ABC por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) el juez desmonta con la jurisprudencia en la mano, con pelos y señales, cada una de los argumentos planteados por la RFEF y asegura que mantiene el auto toda su extensión.

En más de 25 páginas de las que consta en auto, el magistrado recuerda entre otras cuestiones la salida de tono que tuvo la Federación que incluso llegó a pedir la revocación del magistrado. En este sentido, el juez Fuentes es tajante al afirmar en este último auto que "sin duda alguna el tono de la RFEF ha mutado sensiblemente en sus formas y este titular celebra que así sea dado que era absolutamente incomprensible e inaceptable la forma de defender su más que lícita posición jurídica por parte de la RFEF".

En este sentido, el magistrado matiza que por ello mismo que "este titular no va, en la resolución de este recurso, a tomar en cuenta más que las meras razones jurídicas , porque además estoy plenamente convencido que el escrito de recurso, en sus formas, no representa a la RFEF ni a sus órganos de dirección ni siquiera a sus servicios jurídicos, y que no dejó de ser una salida de pata de banco del letrado firmante del escrito, que en un malentendido derecho de defensa de sus lícitos argumentos jurídicos, quizás en una mala tarde(o mañana), se excedió sobremanera, y es que un organismo que en su denominación contiene el término “Real” y “España”, estoy seguro que está regido por personas que son conscientes de lo que representan".

Fuentes ha querido dejar claro en ese tono tan claro en sus autos que " no va a consentir ni una sóla vez más contenidos como el del escrito del recurso" y avisa que "dirigirse de esa forma a este titular no es dirigirse en mal modo a mi, es hacerlo contra lo que este titular representa, y lo que represento es al Poder Judicial de España, y nadie ni nada, ni en formas ni en fondo está por encima de los Jueces y Tribunales, repito, nadie, y si cabe menos aún en el Juzgado del que soy titular".

"Con respeto y educación todo es defendible y admisible por este titular, pero cuando falta el decoro, si alguien piensa que este titular va a mirar para otro lado y a permitir que se insulte al Poder Judicial, que vaya cambiando su creencia", llega a recoger en su auto.

En este sentido, Fuentes concluye que en cualquier caso "para este titular aquello fue un error que para este Magistrado ya está solventado". En cuanto a argumentos jurídicos contra el recurso en uno de sus puntos, el juez lo explica de forma explícita con varios ejemplos.

"Lo que me da la gana"

Fuentes asegura que lo que dice el recurso de la Federación básicamente es el siguiente: " la plaza que da derecho a competir es mía (RFEF), y por lo tanto hago lo que me viene en gana y como es mía usted no la puede vender porque no puede vender lo que no es suyo".

La expresión que usa el juez, y matiza "lo que me da la gana", no es gratuita, sino que según Fuentes se observa este pasaje del recurso en su página 10, “ Incluso la RFEF, puede, de acuerdo con sus competencias, regular la categoría de Segunda División Nacional “B” con 60 equipos, en lugar de los 80 actuales. ¿Se estarían sustrayendo 20 plazas a los clubes? Es evidente que no.

Fuentes llega a decir que "a estas alturas del recurso le queda ya poca lengua que morderse a este titular, pero he hecho el firme propósito de hacerlo y lo voy a cumplir".

Sin embargo, el magistrado recuerda que decir que la RFEF cuando le de la “real” gana, pude decidir que el año que viene va a haber 60 o 20 o 3 equipos (si dice 60 puede decir 3 también) en segunda B. Es decir, ahonda el juez, "que un equipo este año hace una inversión, contrata unos jugadores, hace obras en su campo, la temporada sale bien, permanece en segunda b….pero la RFEF decide que como puede hacer lo que le de la gana y que el año que viene le apetece que haya 60 equipos en lugar de 80 pues que 20 equipos tienen que largarse, porque la RFEF es un ente suprademocrático y supralegal que trata a SUS, equipos como súbditos y/o vasallos, y por supuesto esos 20 equipos afectados no tienen ningún derecho a nada, más que acatar las órdenes de su amo y señor, y si ello le produce pérdidas o perjuicios, que se aguanten, lo he decidido yo porque yo organizo la competición y hago lo que me plazca".

Por eso decía, añade el juez en su auto, que "este tipo de afirmación estoy plenamente convencido que ni siquiera se comparten por la RFEF porque sencillamente son incalificables ".

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