TRIBUNALES

Un juez falla «que es su hijo biológico» pese a no tener el ADN del padre fallecido

Ha bastado la declaración de los testigos, el parecido físico entre ambos y la fotos de los padres con este hijo

Imagen de archivo de la Campiña cordobesa en los años 40 ARCHIVO

La rareza del nombre de pila tanto padre como del presunto hijo , la declaración de testigos y una foto de los progenitores del demandante en actitud cariñosa junto al pequeño han bastado a un juzgado de Córdoba para reconocer la paternidad extramatrimonial de un hombre adinerado que falleció en 1966, del que no se ha podido extraer su ADN .

Se trata de una sentencia ejemplar al ser de las pocas que reconocen una paternidad extramatrimonial sin poder contar con el ADN del padre , ya fallecido -por el mal estado de sus huesos que se pulverizaban- pero teniendo en cuenta el parecido físico del hijo con el padre, las fotografías de la época y la declaración de los testigos. Así lo ha explicado a ABC el abogado especialista en temas de filiaciones, Fernando Osuna , quien asegura que se trata de «un caso de un hombre que tiene 67 años y que ahora podrá tener acceso a una herencia millonaria ».

El juez recoge en su sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, que «no se puede perder de vista el momento en el que acontecen los hechos, en los años 40 , así como los aspectos sociológicos de la misma ; como que no se niega por parte de la demandada (hermanastra del padre fallecido) que la madre del demanante (hijo) estuvo prestando servicio en la casa familiar como sirvienta , aunque no lo hicera de forma continuada, siendo de todos conocidas el respeto reverencial que en la época se tenía a los señores por parte del servicio. Además, según el fallo, queda suficientemente probada la existencia del tantas veces aludido «rumor», referido a la paternidad del demandante, que además era «vox populi» , como así lo certifica una testigo de la época. Además, el juez estima que debe llamarse la atención sobre el hecho de que en el pocedimiento no se haya mencionado ni siquiera a persona distitna como posible padre, avocando todo el material probatorio analizado, nota marginal de la partida de nacimiento inclusive , a entender probada la paternidad extramatrimonial interesada en la demanda». Y sin que se pueda obviar el dato apreciado por el juzgador, en el acto de la vista consistente en el prácticamente idéntico parecido físico entre las fotos que incorpora la demanda.

El fallo judicial resuelve que este cordobés nacido el 21 de junio de 1950, es decir que cuenta ahora con 67 años de edad , es hijo de un hombre nacido en 1913 y fallecido el 9 de marzo de 1966 . La demanada se formuló contra las dos hermanas del padre, es decir, tías del demandante, únicas herederas hasta ahora.

El juez estima que si se aplica la doctrina jurisprudencial en busca del prinicipo de verdad material , y analizando la toma de muestras procedentes de la exhumación del cadáver así como la toma de muestras del demandante, no se pudo obtener el ADN a partir de las piezas dentales extraídas al padre biológico, por lo que hubo que optar por otras pruebas posibles alternativas pero como las herederas eran sólo hermanastras del presunto padre , sus pruebas tampoco serían concluyentes desde el punto de vista del ADN.

Entre otros hechos probados aparece que los padres de este cordobés, que no estuvieron casados, mantuvieron una relación de noviazgo que comenzó a finales de los años 40 y que duró tres años aproximadamente, hasta que la señora quedó embarazada. Ella marchó a otro pueblo, y ya volvió a este lugar con el niño.

Según Osuna, «fue un hecho público y notorio, que fruto de dicha relación nació un hijo varón y que además, el alumbramiento tuvo lugar en un cortijo propiedad de la familia del padre».

El letrado sevillano aplaude «las declaraciones de los testigos , muy mayores algunos de ellos, que han sido de vital importancia para llegar al convencimiento del juez; además del parecido físico entre padre e hijo igualmente ha sido una buena prueba».

Hay una herencia que puede superar los 2.000.000 euros , según fuentes del caso.

Un juez falla «que es su hijo biológico» pese a no tener el ADN del padre fallecido

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