TRIBUNALES

Un juez condena a 10 meses de prisión a un falso geólogo de Córdoba que falsificó título y carné profesional

El fallo asegura que elaboró el carné oficial de geólogo y ejerció durante años como si lo fuera en una empresa de Córdoba

Imagen de archivo de un sondeo ARCHIVO

P. G-B.

El Juzgado de lo Penal número 6 de Madrid ha condenado a A.A.R.Q . a diez meses y diez días de cárcel y una multa de 675 euros como autor de un delito de intrusismo, otro de falsedad y falsedad de uso en documento oficial por aportar una copia de certificación académica falsificada de la Licenciatura de Geólogo para acceder a un empleo en una empresa de sondeos y geotecnia en Córdoba desde 2006 a 2013.

El caso es que con ese falso título que se había «fabricado» con sello oficial llegó incluso a ser ascendido a director de Departamento de Geotecnia de la citada empresa. Una vez la compañía le volvió a pedir el título para presentarlo ante la Junta de Andalucía, éste presentó un carné falso de colegiado del Colegio de Geólogos de Madrid . Según consta en la sentencia remitida a ABC por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid , el falso geólogo actuó profesionalmente como titulado superior en Geología, realizando actuaciones para las que se precisaba el mismo , dirigiendo ensayos geotécnicos, firmando informes y visando informes de otros compañeros, cuando realmente tenía pendientes por superar dos asignaturas troncales para obtener la licenciatura.

Cuando en el año 2011 la Junta de Andalucía le solicitó el título a fin de actualizar la acreditación, el acusado presentó esta vez una aparente certificación del secretario del Colegio de Geólogos de Madrid, elaborada por él mismo con el membrete y el sello del Colegio, así como la firma del citado secretario, en la que manifestaba que el acusado tiene el título profesional y es colegiado de ese Colegio desde mayo de 2004, habilitado a día de la fecha para ejercer en España la profesión de geólogo.

En el juicio, el falso geólogo reconoció los hechos de los que venía acusado por la Fiscalia mientras que la sentencia recogía la atenuante por dilación indebida del proceso por lo que la pena es inferior a la solicitada por el fiscal.

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