TRBUNALES

La juez archiva la causa contra la exalcaldesa de Córdoba por delito contra la ordenación del territorio

Toma esta decisión después de que la Fiscalía solicitara el sobreseimiento del proceso

Isabel Ambrosio, dirigiéndose a la sala de prensa del Ayuntamiento de Córdoba RAFAEL CARMONA

S. L.

La titular del juzgado de Instrucción número 3 de Córdoba ha ordenado el archivo de la causa abierta contra la portavoz del PSOE en el Ayuntamiento de Córdoba y exalcaldesa de la capital , Isabel Ambrosio, y su marido , por la presunta comisión de un delito contra la ordenación del territorio .

Así lo han confirmado hoy, 16 de julio, a Europa Press fuentes socialistas. La jueza ha tomado esta decisión después de que el Ministerio Fiscal pidiera este miércoles «el sobreseimiento provisional » de las actuaciones que seguía el mencionado juzgado en relación con unas obras que hicieron Ambrosio y su marido en la parcela donde se ubica su chalé de Obejo, al llevar a cabo un zuncho en la misma y que presuntamente había ocupado parte de una vía pecuaria pública, la Cañada Real Soriana, lo que hubiera supuesto el inicio de acciones penales contra ambos.

La Fiscalía Provincial de Córdoba pidió el sobreseimiento de las actuaciones, al considerar que «no se ha acreditado» que se hubiera invadido la Cañada Real Soriana . La postura adoptada por el Ministerio Fiscal se dio después de que dispusiera de un informe clave , el de la Delegación de Desarrollo Sostenible de la Junta en Córdoba (antes Medio Ambiente). Éste indicó que la parcela de la exalcaldesa y su esposo no está en el dominio público . Sin embargo, en un primer informe, la Administración regional defendió todo lo contrario .

Y esto mismo pasó con los documentos que elaboró la Diputación sobre lo sucedido. En su primer análisis, los técnicos de su Servicio de Arquitectura y Urbanismo (SAU) consideraron que las obras del chalé de Ambrosio afectaron al dominio público de la Cañada Real Soriana. Sin embargo, un segundo informe de Diputación varió su postura 180 grados, indicando que la actuación en la vivienda no invadió el citado domino público.

Ahora, es la titular del citado juzgado la que ordena el archivo de la causa al entender que no existe «acusación válidamente sostenida» , por lo que procede acordar el sobreseimiento provisional de las actuaciones y el archivo de las diligencias previas. En cualquier caso, esta resolución judicial aún no es firme y cabe interponer un recurso de reforma en el plazo de tres días y, directa o subsidiariamente, un recurso de apelación en el plazo de cinco días, como máximo, si bien todo apunta a que judicialmente el caso morirá definitivamente . Otra cuestión es la vía adminsitrativa en la que la exalcaldesa deberá hacer frente a una sanción por haber cometido obras sin licencia en su chalé.

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