Tribunales

Una joven admite en un juicio que denunció al acusado de abusos sexuales para perjudicarlo porque le atraía

La denunciante asegura que tenía 14 años y no supo ver la gravedad de la acusación ante la Audiencia Provincial de Córdoba

Piden 11 años de cárcel para un acusado de tener sexo de forma continuada con una menor en Córdoba

Ciudad de la Justicia de Córdoba VALERIO MERINO
Pilar García-Baquero

Pilar García-Baquero

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La Audiencia Provincial de Córdoba ha absuelto a un hombre de 37 años, en el momento de los hechos, que venía acusado de un delito de abusos sexuales continuados contra una menor, que tenía catorce años en el momento en el que se produce la denuncia. En el momento de la vista oral, la denunciante reconoció que presentó la denuncia para perjudicarlo porque se sentía atraída por él.

Tras la investigación de los hechos denunciados el Ministerio Público llegó a solicitar para el acusado una pena de 11 años de cárcel por un delito continuado tificado de abuso sexual en menor de 16 años.

El procesado fue juzgado el pasado 23 de marzo de 2022 ante el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba por un delito continuado de abusos sexuales a una menor.

Los miembros del tribunal recogen como hechos probados que el procesado T.C., que contaba entonces con 37 años de edad , desde principios de 2017, e incluso antes, venía relacionándose con la menor y con la madre de ésta, a quien conocía desde la época del colegio , por lo que eran muy frecuentes los encuentros entre la expresada menor, su madre, el acusado y los hijos de éste con motivo de celebraciones y eventos familiares .

No consta que desde la fecha indicada, cuando la menor contaba con tan solo 14 años, el procesado haya mantenido con ella ningún tipo de relación sexual , recoge el fallo de la Audiencia Provincial, facilitado a ABC por el TSJA.

Para llegar a estas conclusiones la sentencia concluye que « este tribunal no ha conseguido despejar las dudas que la declaración de la menor le ha dejado en su ánimo».

En este sentido, el tribunal le absuelve «ante la inconsistencia de tal declaración de la joven , comparándola con la que realiza en fase de instrucción, y la explicación que ofrece para justificar las contradicciones, y el poco esclarecedor testimonio de la madre , único testigo referencial, unido a la rotunda negativa del acusado».

De hecho, la menor dijo ante el tribunal que «no era cierto que el acusado mantuviese con ella cualquier tipo de relación sexual , justificando que si tras la denuncia dijo lo contrario fue porque, teniendo cierta atracción por el acusado , lo manifestó simplemente para perjudicarle».

«Lo denunció porque teniendo cierta atracción por el acusado, lo dijo siemplemente para perjudiciarle»

La joven, y denunciante, había reconocido ante el plenario que lo hizo « sin reparar en sus consecuencias dada su escasa edad », recoge el fallo.

De este modo, el tribunal explica que «ese requisito de la persistencia que debe concurrir en toda declaración de la víctima se echa claramente en falta en este caso, quedando así ciertamente disminuida la prueba de cargo, máxime cuando la misma ni siquiera viene reforzada por corroboraciones periféricas o testimonios referenciales».

Y es que la declaración de la madre no hace, a juicio de los juzgadores, sino « ahondar en las dudas cuando asegura no haber visto vídeos de contenido sexual en que saliesen de protagonistas su hija y el acusado , ni haber presenciado relación sexual alguna , actuando al denunciar los hechos por lo que le dijo en principio la joven y por los rumores de la gente».

Estos comentarios estaban basados, según aclaró la entonces menor ante el tribunal, en el hecho de que a su requerimiento a veces el acusado la llevaba en el coche a determinados lugares . Todas estas razones, recoge la setencia, « no hace más que sumir al tribunal en una duda razonable sobre la veracidad de los hechos denunciados, a partir de la cual la decisión no puede ser otra que el dictado de un pronunciamiento absolutorio».

La Fiscalía mantuvo la acusación

Según recogía la calificación de hechos provisionales de la Fiscalía , que elevó a definifitivas en el juicio ante la Audiencia Provincial, el inculpado, de 36 años y «movido por la finalidad de satisfacer sus deseos libidinosos, al menos desde el mes de enero de 2017 ha venido manteniendo sucesivas relaciones sexuales con penetración con una menor », teniendo el procesado plena conciencia de la edad de la niña.

Junto a la petición de cárcel, el fiscal solicitaba que se le impusiera al acusado la prohibición de aproximarse a menos de 200 metro s y de comunicar por cualquier medio con la víctima «por tiempo de 21 años».

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