Seguridad Vial

La Guardia Civil identifica a un conductor que circuló por la A-45 en Lucena a 237 kilómetros por hora

Las pesquisas han durado 9 meses tras el registro del radar ya que los dueños del vehículo señalaron a una tercera persona

Coche circulando por una carretera limitada su velocidad por radar ABC

S. P.

Agentes del Grupo de Investigación y Análisis (GIAT) del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Córdoba han identificado al conductor de un coche que circuló a finales de enero pasado a 237 kilómetros por hora en el punto 53,2 de la A-45, a la altura de Lucena entido Málaga, donde debía circular a 120 kilómetros a la hora.

Según informa la Guardia Civil, se trata de un turismo BMW 740I, que fue captado por el cinemómetro de la DGT situado en el Kilómetro 53,200 de la autovía A-45 , a una velocidad de 237 Km/h. La investigación se inició cuando el 25 de enero pasado tuvo entrada en el Subsector de Tráfico de Córdoba la comunicación de un expediente sancionador incoado por la Dirección General de Tráfico (DGT) con el fin de identificar al autor de un supuesto delito contra la Seguridad Vial por exceso de velocidad.

Dicha identificación no pudo llevarse a cabo entonces tras la finalización de las primeras diligencias , dado que las personas implicadas en la investigación, indicaron como conductora a una tercera persona de la cual desconocían sus datos personales y número de contacto.

Tras la instrucción de las oportunas diligencias, que fueron entregadas en el Juzgado de Instrucción Único de Aguilar de la Frontera , se solicitó del juez la autorización de nuevas prácticas probatorias que permitieran llevar a la identificación del conductor del vehículo y al total esclarecimiento de los hechos, habiendo sido investigadas por tales hechos dos personas distintas, concluyendo finalmente tras un exhaustivo estudio de los nuevos datos obtenidos en la investigación , a la identidad del supuesto infractor.

Dicho conductor se enfrenta a una posible pena de prisión de tres a seis meses, o con la multa de seis a doce meses, o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventas días, y en cualquier caso con la de privación del permiso de conducción por tiempo superior a uno y hasta cuatro años, por el delito de conducción a velocidad superior a la permitida reglamentariamente en este caso.

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación