Patrimonio

El Gobierno plantea una ley para intervenir en la gestión de la Mezquita-Catedral de Córdoba

La norma habilita la creación de un patronato de control donde el Estado contará con la mayoría de los votos

Turistas en el interior de la Mezquita-Catedral de Córdoba Valerio Merino

Rafael Ruiz

El Gobierno central prepara una reforma de calado de la ley de Patrimonio Histórico de 1985 que va más allá de una simple recentralización de competencias en los monumentos históricos que, como la Mezquita-Catedral de Córdoba , se encuentran en la lista del Patrimonio Mundial de la Unesco.

La Mezquita no aparece con nombres y apellidos en el texto. Pero es evidente que la aprobación de la norma, actualmente en fase de anteproyecto (no ha llegado aún a las Cortes), permitiría al Ejecutivo contar con una herramienta de primer nivel para establecer un control estatal directo de las decisiones que ahora mismo recaen en la Iglesia con la supervisión del Gobierno andaluz . No es necesario precisar que las relaciones Iglesia-Estado tienen en la Mezquita de Córdoba un elemento de choque relevante en materias como la propiedad registral o el nivel público de decisión sobre el monumento.

Turistas en la entrada al monumento Valerio Merino

En primer lugar, toca describir el marco. En estos momentos, no existe ninguna diferencia legal entre un Bien de Interés Cultural común y un Bien de Interés Cultural que la Unesco haya tenido a bien reconocer. Eso implica que cada comunidad autónoma aplica su respectiva ley de patrimonio en las actuaciones que se pueden o no autorizar. Y esas leyes no son iguales en todos los casos. El Ministerio de Cultura quiere acabar con esa disparidad creando una nueva categoría que se llama Bien de Interés Mundial (en adelante, BIM) . Por sus especiales características, el Gobierno central quiere tener la última palabra sobre lo que se hace o se deja de hacer en ese ramillete de monumentos que forman parte de la lista Unesco. El anteproyecto no difernecia entre monumentos de titularidad pública como la Alhambra o privada como la Mezquita, la Catedral de Sevilla o la Sagrada Familia. La norma es una para todos los casos.

Autorizar o no

La primera idea que se tenía del texto es que las comunidades tendrían que consensuar con el Ministerio de Cultura si se autoriza algo o no. Por ejemplo, cambiar una puerta, un elemento que en la Mezquita está pendiente de lo que determine el Supremo . Pero la lectura del anteproyecto de ley, que ha entrado en fase de información pública, muestra un panorama bien distinto. La reforma de la ley permite amplísimos poderes al Ministerio de Cultura por medio de la introducción de un nuevo artículo, el 25 bis.

Según el texto, la Mezquita, la Alhambra o Medina Azahara no serían BIM automáticamente. El Gobierno se reserva la opción de meter o no a un monumento en esa categoría aprobando un Real Decreto por el Consejo de Ministros escuchada a la comunidad autónoma donde se encuentra el monumento. Un reglamento determinará el alcance de esta declaración aunque el texto del anteproyecto asegura que nunca reducirá la protección que ya tenga el monumento. El texto del Ministerio asegura que la declaración tampoco podrá enervar (es decir, debilitar) las competencias de las comunidades. Se trata de una contradicción en sí misma: en estos momentos las competencias de la Junta sobre bienes como la Mezquita son totales. En el futuro, serán compartidas. Se enervan sí o sí.

El Gobierno, con mayoría

En segundo lugar, el Ministerio de Cultura se reserva la potestad de crear un patronato « para la debida coordinación interadministrativa » sobre los monumentos catalogados como BIM. El Ministerio tendrá siempre la mayoría de los votos de esta entidad. El Gobierno advierte que su plan es que este patronato se adscriba a la Administración General del Estado y que estarán presentes tanto las comunidades, los ayuntamientos «y las entidades privadas que ostenten derechos sobre estos bienes». Un vistazo a la lista del Patrimonio Unesco en España permite hacerse una idea de quién es esa entidad privada: la Iglesia Católica por medio de los cabildos catedralicios. Si en el plazo de un año no se crease el patronato por la razón que fuese , el Ministerio puede crear una comisión gestora por real decreto.

El ministro de Cultura Rodríguez Uribes Efe

Con el actual marco legal, rige la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, que se aprobó con Carmen Calvo como consejera y que se pretende reformar para actualizar conceptos. Todos los proyectos que tienen que ver con el patrimonio protegido se comunican a la Consejería de Cultura , que dispone de una Comisión de Patrimonio en cada provincia. Esa comisión recibe una ponencia técnica de funcionarios antes de autorizar o denegar un proyecto. Ya son muy pocos los proyectos que se tienen que gestionar ante la Dirección General de Bienes Culturales. Es decir, ante los servicios centrales de la Junta en Sevilla.

Competencias exclusivas

El anteproyecto de la ley de patrimonio histórico otorga al Ministerio de Cultura la misma capacidad de intervención que tiene la Junta de Andalucía en el control de la Mezquita, una parte muy relevante del Casco Histórico y Medina Azahara . En concreto, será de comunicación obligatoria cualquier intervención al menos tres meses antes de iniciarse. En el caso de las obras municipales, el Ayuntamiento nunca ha consultado la reforma de una calle del Casco (que también es Patrimonio de la Humanidad) con el Ministerio de Cultura. Si el plan del ministro Rodríguez Uribes (PSOE) sale adelante, el Estado tendría capacidad de veto de obras municipales de especial sensibilidad. Por último, cada proyecto que se ponga en marcha tendrá que contar con una Evaluación de Impacto Patrimonial con carácter previo a su puesta en marcha.

El caso es que los planes del Ministerio de Cultura van a tener poderosos enemigos. El Estatuto de Automía de Andalucía de 2007 explica que las competencias sobre el patrimonio histórico son exclusivas de la comunidad autónoma «sin perjuicio de lo establecido en el artículo 149. 1.28 de la Constitución», que dice a su vez que el patrimonio histórico es una competencia exclusiva del Estado . Los socios nacionalistas del PSOE y Unidas Podemos no suelen ver con buenos ojos que se le retiren las competencias. La gestión autonómica de espacios como la Alhambra generó una fortísima polémica en los inicios de la autonomía ante la negativa de los altos cargos del Ministerio de Cultura a ceder un ápice de poder. El nuevo poder autonómico andaluz la quería a toda costa como símbolo de la nueva época.

El anteproyecto tiene algunos elementos más que van a ser piedras de toque con la Iglesia. En la parte que le beneficia, existe un compromiso legal expreso en el anteproyecto de colaborar en el desarrollo de las obras de conservación, algo que ya se hacía mediante proyectos como el Plan Nacional de Catedrales impulsado por Carmen Calvo en su etapa en el Ministerio. En la parte que no le beneficia, implica la prohibición de venta de Bienes de Interés Cultura l salvo al Estado.

Eso no tiene ninguna relevancia en el caso de iglesias o catedrales. Sin embargo, sí tiene importancia para los conventos y monasterios. En un momento en el que se vacían estos edificios históricos, una salida que se le busca es venderlos para su conversión en hoteles una vez obtenido el permiso del Vaticano y sortear el actual derecho de tanteo que tiene la Junta de Andalucía. «Dichos bienes sólo podrán ser enajenados al Estado, a entidades de derecho público o a otras instituciones eclesiásticas», dice el texto del anteproyecto de ley. El último que se vendió en Córdoba fue el de Santa Marina. La Junta lo declaró BIC apenas unos días después de que se produjese la transacción.

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