HISTORIA

El Fuero medieval de Córdoba, la primera ley de la ciudad

El texto, promulgado en 1241, fue el modelo de muchas ciudades conquistadas desde entonce

El Fuero original se conserva en el Archivo Municipal de Córdoba ABC

LUIS MIRANDA

Las palabras debían de responder a una fórmula, pero su importancia histórica era mucha: «Por eso yo, Fernando , por la gracia de Dios rey de Castilla , Toledo, León, Galicia y Córdoba (...) otorgo y concedo al concejo de Córdoba presente y futuro carta de fuero válida para siempre». El documento tenía fecha del 3 de marzo de 1241, cuando todavía no habían pasado cinco años de la reconquista de la ciudad por parte de las tropas de Fernando III , y establecía los cimientos jurídicos de la ciudad a partir de entonces.

Gloria Lora , profesora de Historia Medieval en la Universidad de Sevilla, recuerda que es un documento «importantísimo», no sólo para la propia ciudad de Córdoba sino para muchas otras. Para empezar, en lo formal «es un texto extraño, un conjunto desornado de normas», que habla de cómo formar el concejo de la ciudad y de cómo se tiene que gobernar, establece una normativa de carácter penal y después legisla cosas muy variadas».

Como recuerda, se basa en el fuero que se concedió a Toledo, aunque se le añaden textos posteriores. Quizá firmara el Rey un texto con añadidos que pidieran los nobles que se habían establecido en Córdoba, pero también adaptaba el texto al siglo XIII, ya que el fuero de Toledo se promulgó un siglo y medio antes, tras la conquista de la ciudad en 1085. El 52 por ciento, según la edición crítica que realizó el profesor Joaquín Mellado , viene del texto toledano, pero hay variaciones fundamentales, como el hecho de que aquel esté en tercera persona y en el de Córdoba hable el Rey en primera persona.

Crucero de la Mezquita-Catedral, centro de la parte cristiana hasta la construcción del actual

Gloria Lora ayuda a contextualizar el Fuero de Córdoba , y para eso avisa de algo: la conquista de Córdoba se enfrentó al reto de poblar una ciudad grande que había quedado vacía. Tras la entrada de sus tropas en junio de 1236 los musulmanes que la habitaban dejaron Córdoba - «ya se decía que los barrios de la Ajerquía estaban prácticamente vacíos»- y el Rey necesitaba que la ciudad, una de las más importantes, junto con Toledo de las que se habían conquistado a los musulmanes, estuviera habitada. «Cuando se ensalza la Reconquista, que fue un éxito, se olvida la realidad de que se encontraron una ciudad vacía», y eso constituía una preocupación para el Rey que la había tomado.

No era una ciudad pequeña. «Ya no tenía los habitantes que tuvo al final del periodo califal, en el siglo XI», pero su importancia y tamaño seguían haciéndola muy importante y muy grande. Era un reto por lo que suponía de encontrarse « ante una ciudad despoblada ». Y no era nada agradable. «La ciudad estaba entonces en la frontera, rodeada de musulmanes por todas partes», relata. Así que no parecía el mejor sitio para vivir, y se necesitaba que estuviera viva, algo que no siempre se ha recordado con insistencia. Muchos de los que se establecieron en Córdoba habían llegado tras participar en la conquista de la ciudad. En la guerra.

Por eso el Fuero de Córdoba sirve para establecer las condiciones con las que se establecerían los pobladores de la ciudad , que serían castellanos. «Dispongo y ordeno que todos los moradores y pobladores en las heradades que yo daré en término de Córdoba a los arzobispos y obispos, órdenes y ricoshombres, caballeros y clérigos, acudan a la jurisdicción y fuero de Córdoba». Es decir, se podía recibir del Rey un terreno o casa, pero a cambio de habitarla y de establecerse en ella, algo fundamental.

«Mientras me acompañen la vida y la salud, acudiré a defender a Córdoba»

Gloria Lora señala a otro de los artículos que insiste en este tema: «Que ninguna persona tenga heredad en Córdoba, salvo quien morare en ella con sus hijos y esposa». Es decir, que no se podían marchar después de haberse establecido en la ciudad con las condiciones establecidas por Fernando III . Se podía heredar, pero el derecho sólo correspondía a los que vivían en la ciudad. También se les eximía del pago de diezmos.

Otras de las disposiciones denotan de alguna forma la preocupación por la difícil situación de Córdoba en aquellos primeros años de la Reconquista, cuando se planteaba el problema de volver a habitarla. Así, Fernando III hace una promesa: « Mientras me acompañen la vida y la salud, acudiré a defender a Córdoba , siempre que lo necesite, para librarla de todos los que queran oprimirla, ya sean cristianos o moros ». Como recuerda la profesora, « era una fórmula retórica », pero también deja ver una realidad: que la ciudad podía caer en manos de los enemigos, algo que no llegaría a suceder, pero que tras siglos de guerra entraba en el campo de lo posible.

El texto contiene disposiciones y normas que eran habituales en la legislación de la época, como la prohibición de las donaciones o ventas a órdenes religiosas o cualquier otro instituto cristiano que no fuese la Catedral. Es decir, según el fuero, «ningún cordobés, hombre o mujer, puede dar ni vender su heredad a ninguna orden, salvo que quera donarla o venderla a la iglesia de Santa María de Córdoba , por tratarse de la iglesia-sede de la ciudad. Pero de sus bienes muebles, dé cuanto quisiere, según su fuero». Era una disposición «muy común en aquel momento», para proteger a la Iglesia local. A lo largo del texto legal, también se disponen ciertos impuestos o la forma de cobrarlos y la forma de actuar ante determinados delitos.

Si el Fuero de Toledo había servido de modelo a los que se concedieron después, el de Córdoba sería el siguiente. La modificación que había supuesto este texto se fue incorporando después a los que se hicieron después. «El de Sevilla, por ejemplo, se haría como el de Córdoba, y también muchos de Murcia, como el de Mula», explica la medievalista. La actual capital de Andalucía, por ejemplo, no se conquistó hasta 1248. Todavía tendría validez en Córdoba durante bastantes décadas, aunque adaptándose a las distintas situaciones. «Los cambios que se hicieron, más que modificaciones fueron añadidos, porque no era lo mismo la Córdoba del siglo XIII que la del XIV o XV».

El Fuero medieval de Córdoba, la primera ley de la ciudad

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación