Tribunales
La Fiscalía decreta que cambiarle el nombre a Cruz Conde no constituye un delito
Archiva las denuncias presentadas por Podemos y Adelante Andalucía contra el gobierno municipal
![Cambio de la placa](https://s1.abcstatics.com/media/andalucia/2020/07/13/s/cambio-nombre-cruzcodne-kBiG--1248x698@abc.jpg)
Cambiarle el nombre a Cruz Conde no es un delito. Esa es la opinión de la Fiscalía de Córdoba que ha tomado la decisión de archivar las denuncias presentadas por Podemos y Adelante Andalucía, que llevaron ante el Ministerio Fiscal al alcalde, José María Bellido , y a los miembros de la Junta de Gobierno Local, todos ellos concejales del PP y de Ciudadanos. Los acusaban de haber cometido sendos delitos de prevaricación (tomar una decisión injusta a sabiendas) o, alternativamente, de odio (tomar una decisión guiada por el odio a una raza o religión).
En ambos casos, el fiscal jefe, Juan Calvo Rubio , explica que Adelante Andalucía y Podemos pinchan en hueso. Considera que, tras las investigaciones realizadas, ninguno de los hechos que se relatan en la denuncia puede acercarse siquiera a lo que plantea el Código Penal como actividades punibles. Ambos partidos políticos habían realizado una denuncia a raíz de la decisión de cambiar el nombre de la calle Foro Romano por Cruz Conde y de avenida del Flamenco por Vallellano .
La denuncia, relata el fiscal, consideraba que el gobierno municipal adoptó esa decisión con el propósito de eludir una ley en vigor, la de memoria histórica, que prohíbe mantener los nombres de hechos o personas de alta significación en el franquismo o del propio régimen en el nomenclator de las ciudades.
En el primer caso, el delito de prevaricación , sostiene el fiscal jefe que no cabe ni siquiera una aproximación a la literalidad del concepto penal. Explica el fiscal jefe que la función penal nunca trata de sustituir a la jurisdicción administrativa en su función de control sino de castigar supuestos límite donde se produce una omisión total de procedimientos y de respetos a las leyes.
El informe de Fiscalía entiende que lo que toca es que los juzgados de lo contencioso administrativo se pronuncien sobre la legalidad o no del cambio de nombre realizado. Escuchados, asegura, los distintos argumentos «históricos y culturales» que puedan ponerse sobre la mesa. De hecho, ya hay al menos dos recursos por esa vía. Uno que pide volver a Foro Romano y otro que reclama que se vuelva a Conde de Vallellano con todas sus letras. Entiende el fiscal que la Junta de Gobierno tenía competencias plenas sobre el nombre de las calles. Afirma también que, en este caso, no se trata de un supuesto en el que se haya dictado una resolución patentemente contraria a derecho ni de una ilegalidad que no pueda ser explicada con una argumentación técnico jurídica «razonable» .
Sobre la acusación de un delito de odio , el fiscal es bastante más parco en detalles. Señala que basta leerse el Código Penal para entender que no hay posible comisión de un delito de esta naturaleza.
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