TRIBUNALES
La Fiscalía de Córdoba pide cuatro años de prisión para los dos profesores del niño ahogado en Baños de Popea
Cree que los acusados lejos de estar pendientes de los alumnos tardaron una hora en darse cuenta de que faltaba Juan David
El Juzgado de Instrucción núemro 7 de Córdoba ha decretado la apertura de juicio oral contra dos profesores del IES Colonia de Fuente Palmera por un presunto delito de homicidio por imprudencia por la muerte de Juan David, un alumno de 13 años, ahogado en una poza de los Baños de Popea en una excursión el 29 de mayo de 2018.
La Fiscalía de Córdoba ha elevado al juzgado su escrito de acusación en el que solicita 4 años de prisión para cada uno de los dos profesores encargados de vigilar a estos alumnos del IES Colonial de Fuente Palmera durante la excursión así como 4 años de inhabilitación para su profesión .
El escrito de conclusiones provisionales del Ministerio Público, al que ha tenido acceso ABC, solicita para los profesores encagardos de vigilar a los alumnos, E.M. y J.F.A. , penas de 4 años de cárcel para cada uno por un delito de homicidio por imprudencia así como a una indemnización de 80.000 euros a la que tendría que harán frente sus aseguradoras y la Consejería de Educación.
En el relato de los hechos reconstruido por el Ministerio Público recoge que la excursión fue aprobada por el Consejo Escolar del IES Colonial y con el consentimiento escrito de los padres. El viaje de los menores en autobús se inició a las 8.30 de la mañana. Un total de 35 menores de 2º de ESO del citado IES se desplazaron en autobús hacia la zona de Los Villares para realizar la actividad de orientación y contacto con la naturaleza, acompañados por los profesores de Educación Física y de Inglés del citado centro público. Entre las 14.00 y las 14.30 horas, el autobús los llevó a un camino de tierra que conecta los Arenales con Trasierra, y desde allí, estuvieron andando unos 300 metros hasta llegar a la denominada Cueva de Fato en el valle del río Guadiato , donde le esperaban los monitores de una empresa de aventuras para realizar la actividad de espeleología, quienes le entregaron el material para realizar la actividad.
De allí bajaron por un sendero empinado y abrupto hasta la orilla del río, junto a la cueva, y les ayudaron a colocarse la equipación -neopreno, chaquetilla, casco con luz frontal y arnés-. Seguidamente dividieron a los menores en dos grupos, de manera que mientras un grupo de 17 niños, entre los que se encontraba Juan David (nacido en 2004) realizaba la espeleología, el otro compuesto por 16 niños esperaba en una especie de remanso del río a unos 10 o 15 metros de la salida de las cuevas.
Sobre las 14.45 o 15 horas, el primer grupo se dirigió al interior de la cueva acompañado por cinco monitores y el acusado. El resto estuvieron bajo la supervisión de la profesora acusada. Una vez realizada la espeleología con el primer grupo y la salida de la cueva daba a río abierto, los menores tuvieron que salir nadando, hasta acercarse a la orilla, lugar donde estaba la acusada esperándolos con el otro grupo. Por ello, unos monitores se colocaban a la salida de la cueva, indicando a cada alumno como debía salir y empezar a nadar y otros detrás, para asegurarse que todos los niños llegaban a la orilla sin problemas, saliendo Juan David nadando delante del acusado. Entre las 17.15 y las 17.30 horas, terminaron la actividad y todos alcanzaron la orilla, ayudando los monitores a los menores a despojarse del equipo para colocárselo al segundo grupo que empezaba la espeleología. En esta ocasión no les acompañaba el acusado por lo que los dos acusados permanecieron en la orilla del Guadiato supervisando a los 17 menores mientras aprovechaban para comer, jugar y bañarse.
Sobre las 18.00 horas aproximadamente, un grupo de alumnos entre los que se encontraba Juan David, con conocimiento de los acusados, decidieron alejarse de la orilla para ir nadando hacia una de las cascadas existentes en el río. atravesando una p oza de de unos cinco metros de profundidad, que entrañaba un riesgo para ellos, debido a que en esa zona no se hacía pie y Juan David nadaba con poca destreza , circunstancia esta que los acusados debían conocer para garantizar su seguridad. Pese a ello, según el relato del fiscal, los acusados, «omitiendo las más elementales normas de cuidado a cuya observancia venían obligados, desatendieron la diligencia debida cuando los menores se bañaban en la zona peligrosa, sin advertirles del riesgo, ya que conocían la existencia de la poza. El baño se dio sin vigilancia alguna por parte de los acusados».
Cinco metros de profundidad en la poza
A consecuencia de ello, Juan David no consiguió mantenerse a flote, sumergiéndose en el río, cuya profundidad provocó la muerte del menor por sumersión. Los acusados, que desconocían la suerte que había corrido el menor, lejos de controlar la presencia de todos los niños, estuvieron al menos una hora sin percatarse de la ausencia del mismo , pues sólo hasta las 19.00 horas pudieron comprobar que no estaba entre sus compañeros.
El abogado de la acusación particular Gregorio Delgado , ejercida por la madre del menor, recoge en su escrito el relato de los hechos en la línea del Ministerio Público pero solicita además de las penas de prisión de 4 años para cada uno de los dos profesores acusados y que tenían el deber de velar por la seguridad de los menores durante la excursión, la inhabilitación máxima para ejercer de profesores durante 6 años . Además, solicita la indeminazación y responsabilidad civil que corresponda a la Junta de Andalucía.
Noticias relacionadas