URBANISMO

El fiscal pide al juzgado el sobreseimiento de la causa penal contra Ambrosio por el chalé de Obejo

La Fiscalía se basa en el informe de Medio Ambiente y afirma que «no se ha acreditado» que la parcela del zuncho «esté afectada por las limitaciones de Dominio Público»

El informe de Medio Ambiente concluye que la obra de Isabel Ambrosio «no está en dominio público pecuario»

Isabel Ambrosio, en una rueda de prensa en el Ayuntamiento RAFAEL CARMONA

R. Aguilar

La Fiscalía Provincial de Córdoba ha solicitado al Juzgado que instruye el caso del chalé de Obejo de la exalcaldesa socialista Isabel Ambrosio «el sobreseimiento provisional de las actuaciones» penales en relación al procedimiento, tal y como el fiscal jefe, Fernando Sobrón, ha informado a los medios de comunicación en una nota de prensa emitida este miércoles 14 de julio de 2021.

Esta decisión se basa, indica Sobrón , en «el informe emitido por el Departamento de Vías Pecuarias de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Córdoba de la Consejería de Agricultura , que indica que la parcela 25 del polígono 17 [la que ha invadido Ambrosio haciendo un zuncho] está afectada por limitaciones de Dominio Público Pecuario pero no en su totalidad, sino solo en la franja que limita con la carretera [y que no es la que está el zuncho]».

El informe al que se refiere el fiscal, y que adelantó ABC Córdoba, tiene un valor jurídico fundamental para las actuales diligencias de carácter penal que se habían abierto en el Juzgado de Instrucción número 3 de la Ciudad de la Justicia de Córdoba contra la exalcaldesa de la capital, su esposo y la constructora de la obra. El documento fue remitido y recibido por el Ministerio Fiscal , que ahora se ha pronunciado.

El turno del juzgado

Todo apunta a que difícilmente podrán mantenerse las actuaciones penales por la supuesta invasión de la Cañada Real Soriana , una de las vías pecuarias más populares que atraviesan la provincia de Córdoba . Es el juzgado el que tiene ahora que tomar una decisión.

«La Fiscalía estima que la parcela 25 del polígono 17 del Ayuntamiento de Obejo está afectada por limitaciones de dominio público pecuario pero no en su totalidad, y no se ha acreditado que está afectada la indicada limitaciones en el lugar en el que se estaba realizando el zuncho », añade el fiscal.

«Por todo ello, y al no haberse acreditado los elementos del delito del artículo 319 2º del Código Penal , se solicita por el fiscal el sobreseimiento del procedimiento», concluye Sobrón .

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