TRIBUNALES
El fiscal jefe de Córdoba, sobre la libertad condicional de Rafael Gómez: «No es un buen ejemplo de Justicia»
Cree que aunque jurídicamente se ajuste, al no pagar la deuda millonaria de 112 millones no se merecía salir de prisión
Rafael Gómez consigue la libertad condicional
![El empresario Rafael Gómez a su salida de prisión en 2019](https://s1.abcstatics.com/media/andalucia/2020/11/10/s/cis-gomez-cordoba-kESC--1248x698@abc.jpg)
El fiscal jefe de Córdoba , Juan Calvo-Rubio Burgos , se ha mostrado este martes, en una entrevista con ABC, muy crítico con la concesión de la libertad condicional por parte del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria al ex presidente de Arenal 2000 Rafael Gómez Sánchez .
Para Calvo-Rubio, la salida de prisión de Gómez es « un mal ejemplo para la ciudadanía , su puesta en libertad no es lo más adecuado teniendo en cuenta que ha pagado muy poco de los 112 millones de responsabilidad civil ; los ciudadanos pueden percibir que no pasa nada si debe a Hacienda o a la Seguridad Social».
En este sentido, el máximo representante de la Fiscalía de Córdoba ha asegurado que «aunque desde el punto de vista jurídico esté ajustado, no es el mejor ejemplo porque apenas ha hecho frente al pago de la deuda millonaria»
Estas declaraciones del fiscal jefe provincial de Córdoba llegan una semana después de que el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Córdoba haya concedido la libertad condicional anticipada por septuagenario al empresario Rafael Gómez «Sandokán» que desde marzo de 2019 permanecía cumpliendo condena por fraude fiscal en tercer grado.
El auto del juez titular de Vigilancia Penitenciaria publicado por a ABC y facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con fecha de 26 de octubre recoge que el expediente de la libertad condicional anticipada procedía del Centro Penitenciario de Córdoba en relación al interno Rafael Gómez por septuagenario y del que la Fiscalía de Córdoba informó en contra.
El presidente del gigante de la construcción Arenal 2000 fue condenado en 2017 por el Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba en a cinco años y tres meses de prisión por fraude fiscal y desde diciembre del pasado año cumplía el tercer grado pero con una pulsera telemática que le permitía abandonar el Centro de Integración Social (CIS) donde iba a dormir de lunes a jueves desde que inició el tercer grado en marzo de 2019.
Entre las razones jurídicas alegadas para acceder a este régimen de libertad, paso previo a la libertad definitiva, estaban que había cumplido más de la mitad de la condena impuesta, que se trataba de un preso de 76 años -que ya se encontraba en tercer grado penitenciario-, y que, además, se encontraba abonando la responsabilidad civil en la medida de sus posibilidades, con su pensión, y con la garantía de los embargos realizados por los juzgados y la Agencia Tributaria.
En sus razonamientos jurídicos el juez estimaba en este auto que uno de los requisitos por los que la Fiscalía se oponía a cambiarlo de grado penitenciario como es no haber pagado la responsabilidad civil para obtener la libertad condicional pero el juez se aferró a que ese extremo «no puede ser valorado de forma aislada» y aludía a una sentencia del TS. El Alto Tribunal en 2018 recoge el auto judicial admitía que para acceder a esa libertad provisional el juez no sólo puede valor el pago integro de la responsabilidad civil sino que debe valorarse «la capacidad presente, real y futura de hacer frente a esas cantidades, la estimación del enriquecimiento y los perjuicios causados». Lo que el juez debe sopesar para conceder o no la libertad es, por tanto, el denominado «esfuerzo reparador» . Es en este punto donde el magistrado se apoya y asegura que de acuerdo a esta doctrina no se puede compartir el único motivo «desfavorable» a la concesión de la libertad general del septuagenario Rafael Gómez a la cantidad abonada en concepto de responsabilidad civil en relación al total de la deuda.
El fraude por el que fue condenado ascendía 29 millones de euros no declarados al fisco. La multa por su responsabilidad civil supera los 112 millones de euros, y sólo ha satisfecho una cantidad ínfima, cediendo su pensión para hacer frente a esa deuda. Ni su edad, ni otras circunstancias familiares alegadas sirvieron hasta ahora para que eludiera el presidio.
Informe desfavorable de Fiscalía
La Fiscalía de Córdoba se había opuesto siempre a esta concesión al igual que el propio Centro Penitenciario de la barriada periférica de Alcolea que desaconsejaba la puesta en libertad condicional para el encartado al entender que «no se encontraba preparado para la libertad provisional». Ésas eran las razones a las que atendía hasta ahora el juez de Vigilancia Penitenciaria para desestimar la petición del libertad provisional.
El empresario Rafael Gómez apenas llevaba entonces tres meses fuera de la cárcel, desde que el juez de Vigilancia Penitenciaria le concedió el tercer grado a principios de marzo de 2019, cuando estaba a punto de cumplir un cuarto de la condena.
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