ESCOLARIZACIÓN CÓRDOBA
¿Qué cambios ha introducido la Junta en los criterios de punturación del proceso de escolarización?
Se refuerza la valoración por tener hermanos matriculados en el centro, por tener menor rentas o por discapacidades
Llegan las novedades al modelo de escolarización en Córdoba , y el conjunto de Andalucía. El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó ayer el decreto que ha negociado con todos los sectores educativos y que va a cambiar el sistema por el que los escolares acceden a los colegios.
El cambio más sustancial, adelantado por ABC, es que todas las familias podrán pedir plaza en un centro concertado , siempre y cuando lo haya en su localidad, además de en los centros públicos, ya que se amplían las zonas de influencia de los concertados.
Pero, además, hay muchos cambios en los criterios para la admisión del alumnado . A partir del 1 de marzo de este año, cuando se inicie oficialmente el proceso de escolarización, una modificación significativa será que la existencia de hermanos matriculados en el centro se valorará con 20 puntos por cada uno , cuando antes eran 16 (también por cada uno).
En este campo, hay que reseñar otra variación . Cuando el representante legal del menor a escolarizar trabaje en el centro docente solicitado se le aplicará el supuesto de prioridad . Antes se le otorgaban cuatro puntos.
En el criterio de la proximidad del domicilio o del puesto de trabajo de los padres, sólo hay un cambio. Cuando la vivienda en la que se resida se encuentre en una zona limítrofe al área de influencia del centro , el valor pasa de ocho a diez .
En cuanto al parámetro de la renta , ha sufrido una modificación sustancial . Antes, se podían obtener entre un mínimo de 0,5 puntos (rentas per cápita iguales o superiores al resultado de dividir entre dos el IPREM, que es el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, e inferiores al de dividirlo entre uno y medio) y un máximo de dos (rentas per cápita inferiores a la cuarta parte del IPREM). Pero en el nuevo decreto, puntuarán más los ingresos : desde medio punto hasta cuatro .
En concreto, la nueva distribución es la siguiente :
Quienes tengan una renta per cápita anual que sea m enos de la cuarta parte del IPREM, lograrán cuatro puntos ; quienes tengan una renta per cápita anual que oscile entre un valor igual o superior a la cuarta parte del IPREM y menor que la mitad del IPREM, tendrán tres puntos; quienes tengan una renta per cápita anual que oscile entre un valor igual o superior a la mitad del IPREM y un valor que no llegue al IPREM, lograrán dos puntos; quienes tengan una renta per cápita anual que oscile entre un valor igual o superior al IPREM y un valor que como máximo multiplique por uno y medio el IPREM, se harán con un punto; quienes tengan una renta per cápita anual que oscile entre un valor igual o superior a multiplicar el IPREM por uno y medio pero no ingresen más del doble de él , lograrán medio punto.
Pero también se tendrá en cuenta el patrimonio de las familias, lo que hasta ahora no sucedía. Según explicó ayer el consejero de Educación, Javier Imbroda, si una familia tiene un nivel bajo de renta pero mucho patrimonio, esta circunstancia dividirá por la mitad los puntos obtenidos.
Discapacidades
En cuanto a los criterios que se valoran si el alumno sufre discapacidad o trastorno del desarrollo , también hay cambios de calado . Antes se daban dos puntos, ahora la situación cambia. Se concederán cuatro si la discapacidad o trastorno del desarrollo del escolar es igual o superior al 66% y serán tres si la discapacidad o trastorno del desarrollo es igual o superior al 33% y menor del 66%.
Si lo que se valora es la discapacidad o trastorno del desarrollo de tutores o guardadores , se han introducido igualmente modificaciones relevantes . Antes se daba un punto. A partir de ahora, aumentará la valoración y se modulará. Serán tres puntos para los casos de discapacidad o trastorno del desarrollo de los tutores o guardadores igual o superior al 66% y serán dos puntos en los casos de discapacidad o trastorno del desarrollo igual o superior al 33% ymenor del 66%.
La última modificación en este campo es que la discapacidad o trastorno del desarrollo de hermanos hasta ahora suponía medio punto. Con el nuevo decreto, la discapacidad o trastorno del desarrollo de hermanos igual o superior al 33% supondrá dos puntos, a razón de 0,5 por cada hermano.
En cuanto al criterio de familia numerosa (tres hijos o más) o monoparental , en el sistema vigente hasta ahora, daba dos puntos. Con el nuevo decreto, se introduce esta baremación:
Familia numerosa especial, que son las de cinco hijos o más (2,5) ; familia numerosa general o monoparental (2); familia numerosa especial y monoparental (3); familia numerosa general y monoparental (2,5) y familia ni numerosa ni monoparental pero con dos hijos (un punto, que antes no se concedía).
Otras dos novedades son los dos puntos que se dará a guardadores legales con actividad laboral o profesional remunerada (ambos) o el punto que se otorgará a quienes su hijo tenga matrícula en el primer ciclo de la educación infantil (escuela infantil) en el centro solicitado.
Por último, en cuanto al acceso al Bachillerato, el expediente académico seguirá ordenándolo si hay empate . Hasta ahora, no se fijaban puntos al respecto. A partir del 1 de marzo, se ordenará así: expediente académico de Bachillerato mayor o igual a 9 (5 puntos); expediente académico de Bachillerato mayor o igual a 8 e inferior a 9 (4); expediente académico de Bachillerato mayor o igual a 7 e inferior a 8 (3), expediente académico de Bachillerato mayor o igual a 6 e inferior a 7 (2).
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