RELIGIÓN

Error doloso o incapacidad para asumir obligaciones matrimoniales, las causas de nulidad en Córdoba

En 2019 se admitieron 48 causas de disolución, el máximo histórico en la diócesis

Acto de inauguración del Año Judicial en la diócesis de Córdoba ABC
Luis Miranda

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La incapacidad para asumir las obligaciones esenciales del matrimonio , el defecto grave de discreción de juicio, la exclusión total o parcial del matrimonio, el error doloso y el miedo grave son las principales causas por las que se pide la declaración de nulidad matrimonial en el Tribunal Eclesiástico de la diócesis de Córdoba.

A lo largo del año pasado, y según comunicó la diócesis, se presentaron y admitieron 48 causas de declaración de nulidad de matrimonio en el Tribunal Eclesiástico de Córdoba , lo que supuso su máximo histórico, cuando en el año anterior fueron 41. Se confirma así la tendencia al alza iniciada en el año 2016 con la entrada en vigor del motu proprio « Mitis Iudex Dominus Iesus », promulgado por el papa Francisco , y las medidas de carácter jurídico-pastoral, llevadas a cabo por el obispo de Córdoba , Demetrio Fernández González, para su adecuada aplicación en el ámbito particular de Córdoba.

Abogados

Se han producido 30 sentencias, de las que 25 han sido de disolución del matrimonio y el resto a favor del vínculo. Es decir, que no procede declarar nula la unión. En la actualidad, en el Tribunal diocesano se encuentran habilitados 57 abogados , los cuales prestan representación y asistencia técnica a las partes privadas que intervienen en los procesos.

Además cuenta con 11 peritos psicólogos y psiquiatras , quienes mediante la elaboración de las pericias ayudan a los jueces en su discernimiento sobre la existencia o inexistencia del vínculo conyugal. Respecto a la tramitación de las causas, la diócesis asegura que se ha conseguido cumplir con el plazo anual establecido en el canon 1473 , y en algunos casos incluso ha sido menor y se ha acortado en siete meses. La media, eso sí, está en torno a un año, según explicó el vicario judicial de la diócesis de Córdoba, Antonio Morales , en la inauguración del año judicial celebrada el miércoles, 19 de febrero, en el Palacio Episcopal.

La diócesis tiene un sistema de exención y bonificación para las personas que no pueden hacer frente a los gastos

Se ha concedido una exención total de las tasas judiciales , con el correspondiente patrocinio gratuito en nueve de las causas sentenciadas, mientras que en otras tres la exención ha sido parcial, con la reducción proporcional en los honorarios del abogado y los peritos. Según el reglamento interno del Tribunal Eclesiástico, cuando los ingresos mensuales no superan el salario mínimo interprofesional se concede la exención total de las costas del tribunal y se le asigna un abogado que llevará su causa gratuitamente.

Si supera el salario mínimo interprofesional pero concurren circunstancias económicas desfavorables, se les concederá una exención parcial de las costas dependiendo de su situación concreta, y, en la misma proporción, los letrados deberán ajustar sus emolumentos . «Nadie puede verse privado de la administración de justicia eclesial por falta de recursos económicos», aseveró el vicario judicial.

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