ANÁLISIS

Las dudas que deja la sentencia sobre la celosía de la Mezquita-Catedral de Córdoba

Recolocar la pieza no es posible y se desconoce qué efecto tendría este criterio judicial en otros edificios de alta protección

Zona de las celosías antes de su retirada VALERIO MERINO

Rafael Ruiz

La sentencia del juzgado de lo Contencioso-Administrativo que anula el permiso autonómico para la retirada de la celosía de la segunda puerta de la Mezquita-Catedral de Córdoba abre una enorme incógnita ahora que ninguno de los interlocutores sabe aclarar. ¿Ahora qué? Se trata de una pregunta procedente toda vez que la operación se desarrolló con todos los parabienes administrativos y permitió una investigación arqueológica que permitió sondear el subsuelo de la Mezquita.

Una de las claves es judiciales. Dado que es una sentencia en primera instancia, al asunto le queda un desarrollo larguísimo ya que la Junta de Andalucía ha tomado ya la determinación de recurrir. Los actuales responsables de Cultura, del PP, sostienen que sus predecesores del PSOE tomaron la decisión correcta y pretenden defenderlo ante los tribunales de justicia. El fallo, de hecho, no aclara una cuestión clave. Declara la nulidad de la autorización firmada por Rosa Aguilar pero no dice qué hacer ante una obviedad: la celosía está más que retirada.

La pieza retirada se dividió en diez trozos de 400 kilos que se encuentran custodiados

En la Junta no solamente preocupa el caso aislado de la celosía. Se entiende que existe un problema serio sobre las intervenciones en bienes declarados con categoría monumental que en Andalucía son cientos. En muchas ocasiones, la rehabilitación de este tipo de edificios obliga a su adaptación a nuevos usos. Un ejemplo evidente se encuentra en la acera de enfrente de la Mezquita. En el Palacio Episcopal , con categoría de monumento, se ha autorizado un proyecto para adaptarlo a la función de centro de visitantes y zona expositiva y de servicios. Ello obliga a realizar una rehabilitación que se adapte a las nuevas determinaciones sustituyendo elementos y estableciendo nuevos parámetros constructivos que permitan la viabilidad futura del monumento. En toda Andalucía, se autorizan a diario la conversión de edificios protegidos religiosos para funciones como la hotelera. ¿Sería viable la aplicación estricta del criterio judicial a esa realidad?, se preguntan directamente los aludidos.

El Cabildo conserva la celosía pero la realidad es que no parece muy probable que se puedan utilizar los mismos elementos constructivos para una reposición en su lugar. La celosía estaba compuesta por dos planchas de madera y una de vidrio que fueron despiezadas en diez piezas de unos 400 kilogramos de peso cada una. De hecho, como era imposible su separación hubo que cortar esas figuras de madera por medios mecánicos. Es decir, usando una sierra. Tampoco es posible una reconstrucción porque no lo permite la legislación patrimonial.

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