Ayuntamiento de Córdoba
Caso Infraestructuras| David Dorado maniobró para evitar el cese de su excoordinadora
Encargó un informe al secretario general del Pleno que determinó que era ilegal despedirla
'Caso Infraestructura: efectos colaterales', por Francisco J. Poyato
La crisis de gobierno del Ayuntamiento de Córdoba ha sido menos pacífica de lo que parece por los actos de los que han participado en ella. El audio del concejal de Cs David Dorado, destituido de todos sus cargos, asegurando que cuenta con toda la confianza del alcalde , José María Bellido , no tiene que ver con la realidad del baile de informes legales encargados por las partes y que abren la puerta a futuras reclamaciones penales contra la Junta de Gobierno Local. Una situación inaudita que se sale de los estrictos cánones de la política para entrar en el terreno jurídico.
David Dorado no solo votó en contra de la destitución de la excoordinadora general de Infraestructuras , María Luisa Bueno, en la sesión de la Junta de Gobierno Local de este lunes cuyas deliberaciones son secretas. Encargó además un informe genérico sobre la destitución de coordinadores generales al secretario general del Pleno , Valeriano Lavela, que es a su vez instructor de un actuación previa (investigación) sobre contratos presuntamente inflados. El dictamen tiene cinco folios. Dice directamente que Bueno no puede ser destituida por variadas razones relacionadas con su situación legal.
El informe asegura en los mismos términos generales pero, obiviamente, relacinado con Bueno que la destitución de ésta «podría vulnerar los derechos constitucionales a la presunción de inocencia y a la tutela efectiva de jueces y tribunales» .
El dictamen, de cinco páginas, explica que en el momento procesal en el que sucede las cosas separar a Bueno de su cargo implica negarle que sea un juez natural, como explica la ley, sea quien dilucide si participó o no en el desarrollo del fraccionamiento de contratos. El nombre de la excoordinadora se encuentra en el procedimiento remitido desde la Fiscalía al juzgado de instrucción por presunta prevaricación y falsedad documental pública.
Legalmente, existe solo un pero a ese informe. Bueno era un cargo directivo de confianza del alcalde , ni siquiera del teniente de alcalde. Bellido es quien tenía la potestad de despedirla por la situación creada que se encuentra en fase de instrucción. Es importante destacar en estos momentos que aún no ha sido imputada aunque lo más normal es que lo sea en un breve plazo de tiempo. Cuando se realicen las citaciones.
Informe jurídico para avalar el cese
El gobierno municipal se encontró con que las resistencias de Dorado iban a ir más allá de una mera protesta, de una expresión verbal sobre la situación. Al contrario, solicitó formalmente un informe legal que abre la puerta a una querella futura por presunta prevaricación. La que se emprende cuando, presuntamente, se toma una decisión injusta a sabiendas . En estos casos, es clave disponer de un dictamen legal que avise de que algo no está bien.
El equipo de Bellido, por contra, justificó el cese de la coordinadora con un informe legal del Titular de Apoyo a la Junta de Gobierno que dice todo lo contrario de lo establecido por el secretario general del Pleno. Avala de forma inequívoca que se separe del servicio a la número dos de Dorado apoyándose en jurisprudencia, normas éticas y similares . Tiene ocho folios y está firmado por el titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local.
Lo que dice es que cualquier cargo directivo de esta naturaleza puede ser expresamente separado de su cargo en cualquier momento. Que tanto su nombramiento es libre , no sometido a las reglas de la concurrencia, como su despido . El documento tiene una amplísima relación de autores que explican que este tipo de cargos son ajenos a la función pública.
Tiene un segundo elemento relacionado con la motivación que se ha de realizar sobre esta cuestión, con las causas que concurren para ello. Explica, citando normativas internas, que los estándares éticos actuales aconsejan no esperar a que suceda la condena firme de un cargo público para separarse del servicio. «Esta motivación de cese puede basarse en la necesidad de la ejemplaridad del alto cargo local y también en la inidoneidad sobrevenida », afirma el informe.
Se trata de una medida de protección. Si el despido de Bueno se hubiese realizado exclusivamente con el informe de Lavela, que consta en un acta anexa (no en el expediente de cese), el gobierno municipal habría estado directamente vendido ante futuras acciones legales. La lectura que se realiza es que con la emisión del dictamen se garantiza la seguridad jurídica de quien votó a favor.
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