Covid Córdoba
Córdoba se quita la mascarilla | Consulta el BOE que pone fin al uso de cubrebocas en espacios interiores
La protección tendrá que seguir utilizándose en espacios como residencias, hospitales, transporte público, o en el dentista, pero no en los aeropuertos o en las peluquerías
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Después de más de 700 días con medio rostro oculto tras las mascarillas , Córdoba se despide de la obligatoriedad de llevarlas, tras la publicación del real decreto que pone fin a su uso (con excepciones) desde este miércoles, 20 de abril de 2022.
La situación epidemiológica en la provincia cordobesa habla de 996 casos nuevos en los últimos siete días, si bien hay que tener en cuenta que ya solo se realizan test a personas con factores de vulnerabilidad (mayores de 60 años, inmunodeprimidos y embarazadas), a quienes se muevan en ámbitos vulnerables (las personas que residen, acuden, están ingresadas o trabajan en entornos vulnerables, como centros sanitarios y sociosanitarios) y a los casos graves (personas con un cuadro de infección respiratoria aguda de vías bajas que requiera hospitalización).
El número de pacientes hospitalizados con Covid-19 ha experimentado una gran subida en estos días, al pasar de 47 enfermos en los centros sanitarios cordobeses el Martes Santo a los 74 declarados este martes 19 de abril.
La subida supone un incremento de casi un 60 por ciento (27 personas más) en apenas siete días. Las UCI, por el contrario, han permanecido estables con siete pacientes en máximo riesgo.
La nueva orden del BOE justifica el fin de los cubrerrostros, por un lado, en los indicadores de seguimiento de la pandemia, que se encuentran ya en un riesgo bajo ; además, las coberturas de vacunación en España están por encima del 92% en la población mayor de 12 años (en Córdoba, el 89,9%) y más del 92% de los mayores de 60 años han recibido una dosis de refuerzo. Los niños de 5 a 11 años, el grupo de población que más tarde inició el proceso de vacunación, ya alcanza coberturas de más del 40% con la pauta completa (en la provincia cordobesa, el 52,6%).
Menor gravedad
A ello se suma que la gravedad de la enfermedad ha descendido de forma importante entre el periodo previo a la vacunación y el periodo posterior. Así, conforme a los datos recibidos a través de la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica , la tasa de hospitalización entre los casos ha pasado de un promedio de alrededor del 7% en la onda epidémica de diciembre 2020 a febrero 2021 a 1,19% en la onda epidémica de diciembre 2021 a marzo 2022, mientras que la de ingreso en UCI ha variado de un 0,67 % a un 0,06% y la de letalidad ha pasado de un 1,46% a un 0,19% para la población total.
El decreto, si bien suprime el uso de mascarilla de forma genérica, lo mantiene en los siguientes supuestos :
•Se recomienda en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado , además de en los eventos multitudinarios . En el entorno familiar y en reuniones o celebraciones privadas, se aconseja llevarla en función de la vulnerabilidad de los participantes.
•En el entorno laboral , con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas.
•Los usuarios de los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses , así como en los transportes públicos de viajeros, deberán continuar llevando mascarillas. Asimismo, seguirán siendo obligatorias en los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes.
•El cubrerrostros también seguirá siendo obligatorio en servicios y establecimientos sanitarios, como hospitales, centros de salud, centros de transfusión de sangre o farmacias , tanto para las personas que trabajen en ellos, como para los visitantes, aunque no para los ingresados cuando permanezcan en sus habitaciones. También lo será en clínicas de fisioterapia y odontológicas o en centros sociosanitarios, como las residencias de mayores , para los trabajadores y para los visitantes, pero no para los usuarios.
•En el decreto no aparecen citados de forma expresa centros como peluquerías, centros estéticos, bares, restaurantes, museos, teatros o cines , por lo que no será obligatorio llevar mascarilla en estos espacios.
•En los centros educativos no se usará en ningún caso. Las mascarillas dejarán de ser obligatorias, ya no lo eran en los recreos y, ahora, en todos los ámbitos de los colegios.
•Las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización» o «en el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias».
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