Coronavirus Córdoba

Toque de queda en Córdoba | Más de medio centenar de denuncias por incumplir el horario el fin de semana

La Policía Local ha interpuesto, además, seis denuncias por no usar mascarillas y otras cuatro por botellones

Dos agentes de la Policía Local vigilando el toque de queda V.M.

D.Delgado

El primer fin de semana de aplicación del toque de queda , decretado hace una semana por el Gobierno, se ha saldado en Córdoba con más de medio centenar de denuncias en la capital por incumplirlo, según informa el Ayuntamiento de la capital.

Así, el pasado viernes fueron 33 actas de denuncias las que los agentes registraron y este sábado, coincidiendo con la festividad de Halloween, se han sumado otras 19, 52 en total.

Además, el tercer turno de la Policía Local (nocturno) ha interpuesto otras seis sanciones por no usar la mascarilla o llevarla de forma inadecuada, y otras cuatro por botellones detectados en distintos puntos de la ciudad.

El toque de queda está vigente en la provincia de Córdoba desde el pasado 25 de octubre, después de que el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicase los detalles del nuevo Estado de Alarma aprobado por el Consejo de Ministros del que deriva también la limitación horaria en la movilidad a partir de las 23.00 horas y hasta las 6.00 horas para actividades que no estén justificadas como recoge el propio BOE.

Así, durante el periodo comprendido entre las 23.00 y las 6.00 horas, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades :

a) Adquisición de medicamentos , productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.

b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios .

c) Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.

d) Cumplimiento de obligaciones laborales , profesionales, empresariales, institucionales o legales.

e) Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.

f) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes , personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

i) Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.

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