Coronavirus Córdoba

Salvoconductos para justificar la movilidad en Córdoba tras las nuevas restricciones de la Junta de Andalucía

Estos son los documentos válidos que se pueden presentar ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los municipios cerrados perimetralmente por el Covid-19

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Documento tipo publicado por el Gobierno el pasado marzo para justificar los desplazamientos ABC

D.Delgado

El último decreto de la Junta de Andalucía ha supuesto, entre otras medidas, el cierre perimetral de todos los municipios de la comunidad. Es decir, nadie puede salir de su ciudad o pueblo, a no ser que sea por una causa de las contempladas como «justificadas» . Y ese motivo hay que certificarlo con el preceptivo documento, o salvoconducto, que lo acredite.

Las instancias policiales consultadas por ABC (Policía Nacional y Guardia Civil) remiten a las órdenes publicadas en el Boletín Oficial de la Junta al respecto, a las excepciones descritas para justificar la salida del cierre perimetral de un municipio o la movilidad tras la hora en que se activa el toque de queda (22.00 horas).

Fuentes del Gobierno de Andalucía en Córdoba han asegurado a este periódico al respecto que «es la empresa la que tiene que emitir un justificante a su trabajador, de manera excepcional y no continua, mientras estén en vigor las medidas . Es decir, no es válido un justificante genérico sino que la empresa X justifica al trabajador Y en el día Z por estar trabajando hasta tal hora o en tal zona», explican estas fuentes de manera gráfica.

Aún así, estas son algunas de las situaciones que pueden darse y para las que son precisos este tipo de justificantes:

Si tengo que desplazarme por motivos laborales . En España no existe un documento único y válido para certificar la movilidad por trabajo. El pasado mes de marzo, el Gobierno publicó en el BOE un modelo tipo que puede servir en la actualidad (DESCARGAR AQUÍ) . En cualquier caso, empresas y autónomos pueden realizar sus propios salvoconductos haciendo constar en los mismos que la persona que está trabajando en un puesto esencial debe estar físicamente en su puesto. Se debe aportar la dirección laboral y el horario .

¿Y si tengo que acudir a un centro sanitario fuera de mi localidad? Valdría con aportar, si lo requiere el agente de turno, la comunicación de la cita del complejo sanitario (ya sea público como privado) que ha tramitado la cita. Si se va a visitar a algún familiar, con el certificado de hospitalización del enfermo sería suficiente.

Estoy estudiando fuera o tengo que llevar a los niños al colegio y no está en mi localidad . En este caso, se deberá solicitar a la escuela, instituto o universidad del que se trate el correspondiente documento que lo acredite. Si no se cuenta con este salvoconducto, el carné personal de adscripción al centro serviría para justificar el desplazamiento.

Tengo que desplazarme para cuidar a un familiar dependiente . Se puede aportar cualquier documento que acredite la discapacidad de la persona en cuestión.

Vuelvo a mi lugar de residencia . Cualquier persona puede volver a su domicilio habitual presentando su Documento Nacional de Identidad o el certificado de empadronamiento.

Necesito realizar un trámite en el banco o realizar un trámite administrativo que no puede esperar . Tanto las entidades bancarias, como las diferentes administraciones públicas pueden emitir los correspondientes, e incluso enviar al interesado un escrito con la cita previa para presentarlo a los agentes si le requieren un justificante de su desplazamiento.

Tengo que ir al juzgado o notario de manera urgente . Cualquier cita previa, ya sea en papel o digital, vale para no recibir una sanción.

¿Y si tengo que hacer un examen? Un documento con la fecha y hora del examen sería suficiente para probar que la movilidad fuera del perímetro de la localidad es necesaria.

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