Coronavirus Córdoba

Así puedes recoger o recibir comida a domicilio en Córdoba tras las medidas de la Junta de Andalucía

El envío a casa se amplía hasta las 23.30 horas con pedidos hasta las 22.30; la recogida en el local, hasta las 21.30

Local de reparto de comida a domicilio en el Centro de Córdoba Álvaro Carmona

J. Pino

La prórroga de las restricciones hasta el próximo 10 de diciembre anunciada por el presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, el domingo tuvo este lunes su asiento oficial en el BOJA. En el apartado de la hostelería se incluyen unas pequeñas medidas para flexibilizar su actividad dirigida sobre todo al reparto de comida a domicilio o la entrega de ésta en los propios establecimientos hosteleros.

Según el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) extraordinario de este lunes 23 de noviembre , los bares y restaurantes de Córdoba con servicio de reparto a domicilio podrán desarrollar esta actividad hasta las 23.30 horas , por encima del toque de queda que sigue arrancando a las 22.00 horas, siempre con la limitación de que los pedidos se realicen no más tarde de las 22.30 horas.

De igual forma, y según recoge esta orden del lunes en el BOJA, se permite el servicio de comidas para llevar hasta las 21.30 horas (con recogida en el local) , tanto en las zonas con grado 1 (nivel 3 ó 4 de riesgo) como en grado 2 (suspensión total de actividades, como es el caso de Granada).

Todos los bares y restaurantes de Córdoba que disponen de este servicio -son muchos los que han pasado a prestarlo tras las restricciones por lap andemia- tienen que asumir también una serie de especificaciones para llevar a cabo la entrega de la comida en sus establecimientos. Así, el cliente deberá realizar el pedido por teléfono o en línea, y el local fijará un horario de recogida del mismo «evitando las aglomeraciones en las inmediaciones del establecimiento», señala el BOJA.

«Asimismo, el establecimiento deberá contar con un espacio habilitado y señalizado para la recogida de los pedidos donde se realizará el intercambio y pago. En todo caso, deberá garantizarse el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal; o cuando esto no sea posible, se procederá a la instalación de mostradores o mamparas».

Esta nueva orden permite también que abran sus puertas hasta las 20.00 horas no sólo los comercios minoristas de juguetes, sino también las librerías, papelerías y quioscos de prensa , además de los servicios profesionales de seguros.

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