Coronavirus en Córdoba
Medidas Covid | ¿Qué se puede hacer en Córdoba capital este puente de Andalucía en el nivel 3 de alerta?
El Ayuntamiento de Córdoba publica un bando con la forma en que se relajan las restricciones que se suman a las autonómicas
![Dos personas en una tienda de deportes en Córdoba](https://s2.abcstatics.com/media/andalucia/2021/02/27/s/medidas-covid-bando-kSeB--1248x698@abc.jpg)
El alcalde de Córdoba , José María Bellido , ha firmado este viernes un decreto tras la bajada de la incidencia de la pandemia del coronavirus Covid-19, que sitúa a la ciudad en el nivel de alerta sanitaria 3 grado 1 , de modo que se acuerdan una serie de medidas en las que se reducen algunas restricciones en distintas actividades y espacios, entre otros aspectos.
Todas ellas se enmarcan en el plano autonómica de medidas y limitaciones que siguen vigentes de momento hasta la próxima reunión del comité de expertos. Así, el toque de queda sigue estando entre las 22.00 horas y las 6.00 horas . No se puede pasar a otra provincia andaluza ni salir de la comunidad autónoma para hacer turismo o visitar a amigos y familiares. Sólo si se dispone de motivo justificado (laboral, sanitario, oficial...).
La hostelería y los comercios siguen cerrando a las 18.00 horas , si bien al estar en nivel 3 grado 1 pueden abrir tanto los esenciales como los no esenciales. En el caso de los esenciales sí pueden prolongar su horario de cierre más allá de las 18.00 horas. Las reuniones de personas en el ámbito privado o público sigue estando limitado a 4 máximo.
A partir de ahí, lo que varía en Córdoba capital este puente son los aforos para ir a los bares y restaurantes, sentarse en una terraza , entrar a comprar en un comercio , acudir a misa, ir a un espectáculo cultural o deportivo al aire libre o cubierto; estar en un parque, jugar con los niños en los columpios o acudir a un entierro, entre otras muchas actividades que se resumen en este gráfico.
![Medidas Covid | ¿Qué se puede hacer en Córdoba capital este puente de Andalucía en el nivel 3 de alerta?](https://s1.abcstatics.com/media/andalucia/2021/02/27/s/nivel-tres-alerta-U401718943842iv--510x349@abc.jpeg)
En el decreto del Ayuntamiento de Córdoba se recoge, por ejemplo, que en las piscinas de titularidad municipal el aforo máximo será del 50% del permitido mientras la ciudad esté en el citado nivel sanitario. Se establece un límite del aforo para la práctica físico-deportiva del 50% en espacios deportivos convencionales al aire libre , así como en los espacios deportivos convencionales cubiertos ; el aforo para los espectadores se limitará al 50% en instalaciones deportivas convencionales al aire libre, y hasta un máximo de 400 personas, y al 50% en instalaciones deportivas convencionales cubierta s, con un máximo de 200 personas.
Partidos deportivos
Cuando se desarrollen actividades y eventos deportivos de ocio y de competición que concentren a más de 400 personas entre participantes y público al aire libre o en instalaciones deportivas al aire libre, y en el caso de que concentren a más de 200 personas en instalaciones deportivas cubiertas , las autoridades sanitarias competentes deberán realizar una evaluación del riesgo. Por ejemplo, el Córdoba CF podrá jugar con 400 seguidores y el Córdoba Patrimonio de la Humanidad disputó el viernes en Vista Alegre su encuetro de la Liga Nacional de Fútbol Sala con 200 espectadores.
Las prácticas físico-deportivas de deporte de ocio y las clases grupales de baile deberán diseñarse y planificarse de tal manera que se establezcan uno o más grupos de diez personas con una distancia mínima de seguridad de dos metros entre personas y de tres metros entre grupos, sin contacto físico , uso obligatorio de mascarilla y sin compartir material.
Los establecimientos de actividades zoológicas , botánicas y geológicas podrán realizar su actividad siempre que se limite el aforo máximo del 50% de los mismos y de un tercio en las atracciones. Las visitas de grupos serán de un máximo de hasta 15 personas , incluido el monitor o guía, debiendo establecerse las medidas necesarias para procurar la distancia de seguridad interpersonal durante el desarrollo de la actividad.
Mercadillos, bus y bibliotecas
Por otra parte, la ocupación del mercadillo no podrá superar el 75% del aforo autorizado. Mientras, en los teatros, auditorios, establecimientos especiales para festivales , así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos públicos de titularidad municipal o en los que se organicen actividades municipales, se permite el 60% del aforo .
![Medidas Covid | ¿Qué se puede hacer en Córdoba capital este puente de Andalucía en el nivel 3 de alerta?](https://s3.abcstatics.com/media/andalucia/2021/02/27/s/viajar-bus-cordoba-U401718943842iv--510x349@abc.jpg)
En todo caso, en los eventos multitudinarios que en espacios cerrados concentren a más de 200 ó 300 personas si son espacios al aire libre, las autoridades sanitarias competentes deberán realizar una evaluación del riesgo para otorgar la autorización.
Respecto de a rchivos, bibliotecas y centros de documentación municipales se fija el 65% del aforo permitido para cada una de sus salas y espacios públicos; en los monumentos, conjuntos culturales, enclaves, museos, colecciones museográficas y salas de exposiciones municipales, el 65% del aforo permitido para cada una de sus salas y espacios públicos, y las visitas de grupos serán de un máximo de hasta 15 personas, incluido el monitor o guía.
En el transporte colectivo urbano de viajeros en autobús podrán ocuparse la totalidad de las plazas sentadas y el 75% de las plazas disponibles de pie , debiendo procurarse, en todo caso, la mayor separación entre los pasajeros.
Parques y velatorios
Los parques, jardines, parques infantiles y áreas recreativas de acceso público al aire libre estarán abiertos con aforo máximo estimado de una persona por cada cuatro metros cuadrados de espacio computable de superficie del recinto; las actividades de animación o grupales aeróbicas deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de diez personas. Y los parques, jardines y á reas recreativas de acceso público al aire libre de titularidad municipal permanecerán cerrados en la franja horaria que transcurre desde las 21.00 hasta las 7.00 horas.
Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, debidamente habilitadas, con un límite máximo, en cada momento, de 20 personas en espacios al aire libre o de diez personas en espacios cerrados , salvo en este último caso que los convivientes fueran un número superior.
La participación en funeral o comitiva para el enterramiento o cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 20, entre familiares y allegados, además, en su caso, del ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.
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