Coronavirus Córdoba
Nuevas normas Covid-19 de la Junta: restricciones en residencias, celebraciones y eventos
Para celebrar actos de más 200 personas en interior o 300 al exterior será necesario un informe previo de Salud; en los asilos se prohibirán las visitas cuando haya un caso confirmado o tres sospechosos
La Junta de Andalucía ha aprobado hoy, aunque aún no han entrado en vigor, una batería de medidas que endurecen las restricciones que se aplican en determinados ámbitos, que son especialmente significativas para las residencias y centros sociosanitarios.
A partir de ahora, en los asilos se prohibirá cualquier visita cuando haya al menos un caso confirmado por Covid-19 o tres sospechosos, y en esa situación tampoco estarán permitidas las salidas de los internos para paseos o vacaciones salvo que en ocasiones excepcionales. En la práctica, estas medidas equivalen a un confinamiento severo de cualquier residencia con un caso.
La Junta se ha visto obligada a actualizar también el umbral de contagios a partir del cual se pueden aplicar restricciones en las residencias, debido al avance de la pandemia. Hasta ahora la tasa se situaba en 30 infectados por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días. La nueva norma sube el límite hasta los 50 casos . En su comunicado de hoy, la Junta no aclara por qué ahora son necesarios más contagios para poder actuar sobre una residencia.
Además, con la anterior normativa la tasa empleada era la del distrito sanitario . El avance de la pandemia y el empleo de una limitación geográfica tan amplia han hecho que toda la provincia sin excepción supere desde hace días el umbral para intervenir en las residencias (que deben solicitar autorización para limitar los movimientos). La Junta acaba de corregir ese aspecto y ahora empleará la tasa de contagios por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días para el municipio donde se ubique la residencia. Córdoba capital, por ejemplo, ha sobrepasado de lejos el umbral (está en 98 ahora mismo).
Celebraciones y hostelería
También habrá más restricciones en celebraciones y hostelería . En el caso de lo que la Junta llama «eventos multitudinarios», que ahora son con un mínimo de 200 personas en sitios cerrados o 300 al aire libre, no se podrán celebrar si antes no existe una «evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria». En teoría, eso significa que un técnico de Salud tendrá que informar sobre cada acto de este tipo.
En esa categoría entran, por ejemplo, los conciertos programados por el Teatro de la Axerquía esta semana, siempre que superen las 300 entradas vendidas. El Ayuntamiento de Córdoba ha confirmado a ABC que dispone de la preceptiva evaluación sanitaria, solicitada en agosto para estos próximos conciertos, que califica el riesgo como «moderado».
Las nuevas normas sólo entrarán en vigor cuando se publiquen en el BOJA , cosa que aún no ha ocurrido; lo habitual es que la Junta lo haga en los próximos días.
Los salones de celebraciones tendrán un máximo del 75% del aforo , con actos que no superarán las 150 personas al aire libre y 100 en espacios cerrados y que deben cumplir con los horarios previstos para hostelería. Asimismo, el consumo de bebida y comida se hará exclusivamente en mesa.
De igual modo, podrán celebrarse congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, ferias comerciales y otros eventos sin superar el 75% del aforo y manteniendo la distancia interpersonal establecida, el uso de mascarilla y la estricta higiene de manos. Estos eventos podrán realizar su actividad hasta la 1.00 horas y la ocupación máxima será de diez personas por mesa o agrupación de mesas.
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