Apuntes al margen
Contra la brocha gorda
Algunos aspectos, no todos, de la gobernanza de las medidas contra la epidemia han devenido en carajal
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) acaba de decidir la suspensión por ilegal de la decisión del Gobierno andaluz de limitar la entrada en el interior de una cantidad muy determinada de establecimientos públicos -locales de ocio nocturno, fundamentalmente- a las personas que pudiesen probar que están vacunados contra el Covid con pauta completa o que dispongan de una prueba reciente negativa en las dos modalidades más extendidas: PCR y antígenos. El pronunciamiento es verdaderamente curioso porque reconoce que, en estos momentos, el impacto en los derechos fundamentales de una medida de estas características «no es de gran entidad», según el texto judicial que se ha dado a conocer. Afirma, sin embargo, que no se cumplen los requisitos de necesidad e idoneidad , incluso de justificación científica. Una situación verdaderamente líquida que conviene revisar en detalle.
Lo que afirma el tribunal no es que se vulneren gravemente derechos fundamentales con la medida . Entiende que mostrar un código QR en la puerta de un negocio privado en el que se afirma que se han puesto las dosis correspondientes a una pauta completa no implica un menoscabo relevante de las protecciones constitucionales a la intimidad. Una de las razones es que existe un número tal de personas vacunadas que invita a pensar que las personas que verían frenada su entrada a un negocio nocturno sería muy pequeño teniendo en cuenta que se ha abierto ya la cita de inoculación de chicos y chicas de 12 años de edad, los últimos de la fila en el modelo etario desarrollado por el SAS.
La derivada de la cuestión consiste en el carajal en el que se han convertido algunas partes, no todas, de la gobernanza de la pelea contra la epidemia. En estos momentos, la misma medida del pasaporte Covid ha sido autorizada por unos juzgados territoriales y desautorizada por otros . En Galicia, sí. En Andalucía y Cantabria, no. Sobre el papel, medidas muy similares y los mismos derechos que podrían (o no) conculcarse. El ejercicio sacrosanto de la independencia judicial en acción, correcto, que no se entiende muy bien cuando se trata de diferencias tan notorias entre la aplicación de las medidas en territorios que se encuentran a unas horas en automóvil. Si los derechos constitucionales a proteger son los mismos, el ciudadano medio acepta regulinchi la actual disparidad de criterios.
Pongamos las luces largas porque el debate es internacional y está muy vivo. Estados y empresas están empezando a requerir la vacunación como condición «sine qua non» para efectuar determinadas actividades personales o profesionales en democracias plenamente consolidadas como Italia o Francia.
El gabinete de Macron decidió impedir el ejercicio profesional de la sanidad a los trabajadores del sector que se negaran a inocularse la vacuna sin que existiese una justificación médica. Mario Draghi ha anunciado en estos días que los profesores de todos los niveles educativos que no presenten un certificado Covid serán suspendidos y dejarán de recibir su salario a partir del quinto día de ausencia obligatoria. El Gobierno transalpino pedirá el certificado en todos los trenes de larga distancia o aquellos que crucen dos o más regiones italianas. Alemania y Grecia están trabajando en sus respectivas propuestas. Igual conviene un debate sereno, racional, maduro y basado en la ciencia que la brocha gorda a la que estamos acostumbrados.
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