TRIBUNALES

Condenan a un guardia civil a 4,5 años de cárcel por poner multas falsas a un vecino

Las denuncias le supusieron 7.500 euros de cuantía y tuvo embargadas sus cuentas

Imagenes de la Guardia Civil de Tráfico ARCHIVO

P. GARCÍA-BAQUERO

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a un agente de la Guardia Civil a cuatro años y medio de prisión por poner denuncias de tráfico falsas a un vecino con el que se enemistó en una reunión de la comunidad de propietarios.

La sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), recoge como hechos probados que el encartado, se metió en varias ocasiones en el sistema de gestión operativa de la Guardia Civil (SIGO) con la única finalidad de conocer los vehículos propiedad de su vecino y posteriormente denunciar o realizar boletines de denuncia proponiendo sanción contra el conductor de estos vehículos.

Obtenida esta información, el acusado realizó cuatro denuncias, una de ellas mediante comparecencia voluntaria ante la Guardia Civil y las otras tres con carácter de obligatorias , confeccionando boletines de denuncia por hechos que no habían sucedido, tanto en el caso de estas últimas como en el de la primera respecto del turismo marca BMW de su vecino.

La primera denuncia se refiere a unos hechos supuestamente ocurridos a las 7.55 horas del 28 de diciembre de 2010, en el Km. 400 de la A-4, sentido Sevilla. Se trataba de una denuncia voluntaria , por conducir el conductor de este vehículo de forma temeraria, presentada y firmada por el acusado cuando se encontraba franco de servicio .

Otro de los expedientes lo abrió respecto de la motocicleta también propiedad de este mismo vecino. La denuncia se refiere a hechos supuestamente ocurridos a las 10.45 horas del 19 de febrero de 2011 , en el Km. 268 de la N-432 , sentido Córdoba. El boletín de denuncia fue confeccionado por el acusado conociendo que los hechos que en el mismo se indicaban (conducir de forma temeraria) no habían ocurrido.

En otro de los expedientes, respecto del turismo marca BMW, la denuncia por conducir de forma temeraria que no había ocurrido, fue interpuesta el 11 de abril de 2011 , en el Km. 401 de la A-4, sentido Sevilla. Ese día, aunque tenía servicio de incidencias en su acuartelamiento, el acusado tuvo un traslado a la comandancia de Córdoba. La denuncia no se graba en el SIGO por él, sin embargo, hasta las 13.26 horas.

Asimismo, la siguiente denuncia data de las 8.00 horas del 7 de julio de 2011, en el Km. 399 de la A-4, sentido Sevilla. Igualmente, el acusado tenía asignado ese día un desplazamiento a Córdoba para realizar un cambio de aceite a un vehículo oficial. Sin embargo, la denuncia se graba en el SIGO por el acusado cuatro días después. El boletín de denuncia fue confeccionado por él conociendo que los hechos que en el mismo se indicaban (conducir de forma temeraria) no habían ocurrido.

Al no atender los avisos de correos, el vecino acabó sancionado por cada uno de los expedientes mencionados , por no haber identificado a la persona del conductor del vehículo, a multa de 1.500 euros por cada infracción, iniciándose contra él la vía ejecutiva, al reclamarle la administración la cantidad de 7.050 euros , cantidad por la que se le embargaron cuentas corrientes.

Tras presentar el reclamación e iniciada una auditoría interna, los cuatro expedientes sancionadores han resultado revocados .

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