TRIBUNALES
Condenados dos profesores por homicidio imprudente tras el ahogamiento de un alumno en los Baños de Popea de Córdoba
La jueza considera que se trató de una negligencia profesional y nombra responsable subsidiaria a la Junta de Andalucía
El Juzgado de lo Penal número 4 de Córdoba ha condenado a los profesores J.F.A. y M.E.M., por un delito de homicidio por imprudencia profesional menos grave a una multa de 3.600 euros cada uno como responsables del ahogamiento del menor Juan David durante una excursión de el IES Colonial a Baños de Popea de Córdoba el 29 de mayo de 2018.
La sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, recoge como hechos probados que los menores, una vez acabaron una actividad de espeleología en la que Juan David participó y salió a nado, él junto a cuatro compañeros pidieron consentimiento al profesor acusado contando también con la supervisión y anuencia de la otra profesora que le acompañaba para ir a otra zona a bañarse.
Una vez en ese lugar fueron grabados en tal acción por el primero de los profesores acusados que no advirtió, tras visualizar la grabación y el resto de fotos que estaba haciendo, situación extrema de tipo alguno.
El fallo añade que Juan David seguía al resto de menores, entre los que se encontraban sus compañeros, lo que fue observado por el profesor acusado que miró el contenido de su grabación en terminal móvil. La jueza asegura que los profesores que estaban al cuidado de los menores «no advirtieron a los menores del peligro que entrañaba dicha acción, no viendo cómo el menor Juan David Flores no tenía soltura nadando y sin vigilar posteriormente que, tras haber alcanzado dicho lugar, volvieran todos a la orilla en buen estado».
«Los profesores no se percataron de la profundidad del río y de que el menor Juan David no era sufiencientemente ducho nadando, que se cansó y no solicitó ayuda»
El fallo recoge además como hechos probados que los acusados «no se percataron de la circunstancia de la profundidad del río y de que el menor Juan David Flores no era suficientemente ducho nadando, que se cansó y no solicitó ayuda a ninguno de sus compañeros ni a los profesores que se encontraban allí como tampoco del hecho de que de los siete menores que nadaban en el río en zona más alejada de la orilla, siendo un grupo no demasiado numeroso, sólo salieran seis de ellos».
Finalizó dicha jornada de deporte sobre las 19 horas de la tarde que fue cuando, tras el recuento, echaron en falta al menor Juan David Flores que no había conseguido mantenerse a flote y que falleció a consecuencia de la inmersión en el río dado que no pudo alcanzar orilla.
La setencia dictada por la jueza titular del Penal 4 de Córdoba contempla además que como vía de responsabilidad civil, ambos acusados, conjunta y solidariamente, deberán indemnizar a la madre del menor en la cantidad de 120.000 euros por daño moral y perjuicios derivados del fallecimiento de su hijo.
Asimismo, el fallo declara con respecto a las mismas la responsabilidad civil directa y solidaria de la entidad aseguradora SegurCaixa Adeslas y responsabilidad civil subsidiaria del IES Colonial de Fuente Palmera y la Consejería de Educación y Deportes de la Junta de Andalucía. La Fiscalía había solicitado una pena de 4 años de prisión para cada profesor por un delito de homicidio por imprudencia.
Noticias relacionadas
- Juicio Baños de Popea: «Llevo tres años preguntándome por qué no oí un grito, algo extraño»
- La Fiscalía de Córdoba señala al Instituto del alumno ahogado en los Baños de Popea como responsable civil
- La Fiscalía de Córdoba pide cuatro años de prisión para los dos profesores del niño ahogado en Baños de Popea