TRIBUNALES

Condena a un camionero ebrio a 2 años y medio de prisión por un accidente mortal en la A-4 en Córdoba

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal 1 de Córdoba recoge además la pérdida del permiso de conducir

Estado en el que quedó el vehículo empotrado entre dos camiones RADIO CORDOBA
Pilar García Baquero

Pilar García Baquero

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El camionero implicado en un accidente mortal en la A-4 en la salida de la avenida Virgen del Mar, antes de Mercacórdoba en 2017 en Córdoba ha sido condenado a dos años y seis meses de prisión por los delitos de homicidio por imprudencia grave y delito contra la seguridad vial .

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba considera al encartado autor de un delito de homicidio imprudente por ir bajo los efectos del alcohol «lo que le impidió tener los reflejos suficientes para frenar y no empotrar al vehículo que le precedía con el trailer que llevaba delante».

El fallo judicial, facilitado a ABC por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TJSA) recoge como hechos probados que el 11 de julio sobre las 14.28 horas, a la altura del kilómetro 401 de la A4, en el término municipal de Córdoba , el acusado M.E.E., conducía el camión, tras haber ingerido bebidas alcohólicas en cantidad suficiente como para tener mermadas las facultades psicofísicas.

Del mismo modo, el acusado circulaba, atendidas las circunstancias concretas de la vía y del tráfico, a una velocidad excesiva y sin respetar la distancia mínima de seguridad , a pesar de las retenciones y el tráfico intenso existente en ese momento en la vía.

Como consecuencia de todo ello y cuando el vehículo que le precedía, conducido por su propietario, se detuvo el acusado no pudo evitar colisionar por alcance con el mismo . El turismo consecuencia del impacto fue desplazado hasta impactar contra un camión con remolque y murió por el fuerte impacto.

A consecuencia del impacto el conductor del turismo sufrió un traumatismo craneoencefálico que le produjo la muerte .

Una tasa de 0,38 de alcohol

La prueba de alcoholemia realizada por efectivos del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil al conductor del camión que provocó el accidente arrojó un resultado de 0,38 miligramos de alcohol por litro de aire respirado.

A las penas de prisión, la jueza titular del Penal 1 de Córdoba ha añadido la condena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de 3 años y 6 meses .

El abogado especialista en accidentes de tráfico , Enrique Sarrasín , que ha ejercido de acusación particular en este caso, ha resaltado que la condena impuesta, por encima de los dos años, motivaría probablemente el ingreso en prisión del encartado , un extremo que no es habitual en delito imprudentes contra la seguridad vial.

La sentencia, a juicio de Sarrasín, realiza un completo análisis del accidente de tráfico, y pone especial énfasis en varios aspectos: « velocidad inadecuada para la vía , falta de distancia de seguridad, y circular bajo la influencia de bebidas alcohólicas, pues superaba con creces el límite administrativo, en su caso más estricto, al ser conductor profesional».

«Uno de los extremos más llamativos del fallo judicial es que e studia la influencia del alcohol en el organismo y, por tanto en la conducción, que es una actividad de riesgo. Todos esas circunstancias llevan al magistrado a calificar como grave la imprudencia», ha explicado este abogado experto en Seguridad Vial.

Por último, este letrado ha destacado el hecho de que la existencia de los llamados puntos negros, o lugares de concentración de accidentes no deben ser usados como excusa a las imprudencias propias de los conductores , quienes deben aumentar más aún la precaución en esos tramos de la vía, acentuando la atención y el cumplimiento de las normas de tráfico. Máxime como ocurre en este caso, según Sarrasín, «donde existe abundante señalización de los peligros , de la necesidad de mantener distancia de seguridad, de la necesidad de circular prestando especial atención por tratarse de un lugar peligroso».

La Fiscalía de Córdoba había solicitado para el acusado 3 años de cárcel y la retirada del carné por 4 años que se encontraba en el momento del accidente « bajo los efectos de una ingestión alcohólica precedente, por lo que tenía mermadas sus facultades psicofísicas ».

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