EDUCACIÓN
Los conciertos a colegios no mixtos son constitucionales
El TC inadmite un recurso del TSJA para denegar dinero a Yucatal, Torrealba y Zalima
![El obispo preside un oficio religioso por el cincuentenario de Zalima](https://s3.abcstatics.com/media/andalucia/2016/01/12/s/cordoba-zalima-educacion--620x349.jpg)
El Tribunal Constitucional ha resuelto inadmitir la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía a raíz de una petición de la Junta tras los recursos de varios centros docentes privados de educación diferenciada por denegarles el concierto educativo. Entre ellos se encuentran los cordobeses Zalima, Torrealba y Yucatal.
La Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza de Andalucía interpuso recurso contencioso-administrativo contra las Órdenes de 27 de febrero de 2013 de la Consejería de Educación de la Junta por las que denegada la renovación del concierto con los centros docentes privados concertados Ángela Guerrero de Sevilla, Nuestra Señora de Lourdes de Carmona; Ribamar, Altair, Albaydar, Molino Azul, Elchat de Brenes, todos ellos ubicados en la provincia de Sevilla.
Precepto
Dichas órdenes denegaban el concierto educativo para esos centros docentes por no cumplir con lo establecido en el artículo 84.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE), en lo que se refiere a la no discriminación por razón de sexo.
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía planteó una cuestión de inconstitucionalidad sobre el artículo 17.8 de la Ley 17/2012 de presupuestos generales del Estado para el año 2013, que regula el módulo económico de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados, en cumplimiento de la Ley Orgánica de educación (LOE).
Este precepto determina que se fijará anualmente en los presupuestos generales del Estado el importe del módulo económico por unidad escolar, a efectos de distribución de la cuantía global de los fondos públicos destinados al sostenimiento de los centros privados concertados para hacer efectiva la gratuidad de las enseñanzas objeto de concierto.