Empresas

Competencia sanciona a dos tanatorios de Fernán Núñez por negar sus salas de velatorios a funerarias

Considera ilegal el veto a dos empresas, a las que se les negó el alquiler de las salas de sus instalaciones

Llegada de un coche fúnebre a un tanatorio ABC
David Jurado

David Jurado

Esta funcionalidad es sólo para registrados

El Consejo de la Competencia de Andalucía ha dictado una resolución en la que sanciona a las entidades Funeraria Nuestra Señora del Tránsito S.L . y Funeraria San Rafael de Córdoba , ambas con sede y negocio en Fernán Núñez , por una infracción del artículo 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia consistente en el abuso de una posición de dominio ejercido mediante la negativa injustificada a satisfacer las demandas de prestación de servicios. Ambas empresas impusieron en un primer momento alquileres abusivos de sus salas de velatorio a las funerarias externas que los demandaban (siendo el doble de lo que se paga en el mercado), para posteriormente negar dicho servicio , tal y como ha quedado acreditado.

Competencia, tras estudiar las denuncias interpuestas por Funeraria Fermón S.L. y Servisa en 2018 referentes a la imposibilidad de acceder a las salas de velatorio de ambas funerias, ha dado por acreditada «la existencia de una conducta anticompetitiva», consistente en la «negativa reiterada e injustificada» de Tanatorio Nuestra Señora del Tránsito S.L. y Funeraria San Rafael de Córdoba S.L. a satisfacer la demanda de prestación del servicio de sala de velatorio que ambas tienen en Fernán Núñez a los denunciantes.

Denegación de pruebas

Por ello, se imponen sanciones que en el caso de Tanataorio Nuestra Señora del Tránsito asciende a 296,78 euros, y para Funeraria San Rafael la cantidad se eleva hasta los 2.844,96 euros , según consta la resolución a la que ha tenido acceso ABC.

En la misma, Competencia insta a las entidades sancionadas para que en el futuro se abstengan de realizar conductas semejantes a la tipificada y sancionada en la citada resolución, que que tiene fecha del pasado 9 junio, así como otras análogas que puedan restringir la competencia.

De igual modo, la Agencia de la Competencia, organismo adscrito a la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades, deniega la práctica de las pruebas solicitadas por uno de los sancionados por «ser impertinentes y no instrumentales».

Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación