Administración
Cómo pueden cobrar los autónomos de Córdoba la ayuda al alquiler de la Junta de Andalucía
El apoyo económico oscila entre los 900 y los 1.200 euros y los trámites han de hacerse de forma telemática
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó este martes un paquete de ayudas al alquiler de 900 euros a 1.200 euros para autónomos : se trata de una medida que beneficiará inicialmente a 9.400 trabajadores y que «se dirige a favorecer el sostenimiento de su actividad ante el Covid-19 », tal y como ha detallado la Administración regional .
Con un presupuesto inicial de nueve millones de euros , el decreto establece que se pueden ampliar posteriormente los créditos disponibles en el caso de que se agote la ayuda y sin necesidad de abrir nuevas convocatorias de incentivos.
¿Cuáles son las claves del decreto que fija estas ayudas y cómo pueden solicitarse? La Junta establece una línea 1 destinada a trabajadores por cuenta propia, que alcanza los 900 euros y cuenta con un presupuesto de siete millones de euros; por su parte, la línea 2, destinada a autónomos del sector del esparcimiento y establecimientos recreativos infantiles , alcanza los 1.200 euros y cuenta con un presupuesto de dos millones de euros.
¿Quiénes podrán ser beneficiarios de esta decisión del Gobierno andaluz ? Los trabajadores autónomos con domicilio social en Andalucía , que estén dados de alta en el Régimen Especial de Seguridad Social del colectivo a fecha de 14 de marzo, cuando se declaró el estado de alarma, y que mantengan el alta cuatro meses desde la fecha de inicio de la convocatoria de ayudas. También se establece como requisito para los beneficiarios que en el ejercicio fiscal de 2019 las bases liquidables general y de ahorro en el IPRF no superen 5,5 veces el Indicador de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 2020 (41.357,74 euros) si presentan declaración individual, o 7 veces el IPREM (52.637,13) si presentan declaración conjunta. Se excluye también a los autónomos societarios (aquellos que han constituido una empresa o sociedad mercantil).
«Para solicitar la ayuda, los autónomos deben ser arrendatarios del local de negocio o establecimiento en el que desarrollan su actividad, y se exige que la fianza se haya depositado en la Agencia de Vivienda de Rehabilitación de Andalucía (AVRA) . Se excluyen aquellos arrendamientos que forman parte de la vivienda habitual del solicitante», indica la Junta de Andalucía .
En el caso de la línea 2, se mantienen los requisitos mencionados y se establece que su actividad debe estar incluida en los CNAE correspondientes a establecimientos de bebidas u otras actividades recreativas y de entretenimiento.
La gestión de las ayudas
La tramitación de las solicitudes solo se podrá realizar de forma telemática a través de la página web de la Junta de Andalucía y se ha establecido un procedimiento ágil a través de declaraciones responsables de cumplimiento de los requisitos establecidos. Habrá un plazo máximo de dos meses para resolver la resolución.
Asimismo, se fija el pago del 100% de la ayuda al beneficiario a través de transferencia a su cuenta bancaria. El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde la publicación en BOJA del extracto de la convocatoria de la línea de ayudas .
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