Tribunales

Caso Tous | Las razones del juez para carpetazo a la denuncia de Córdoba contra los ositos de plata

Varios informes certifican que la empresa catalana utiliza plata pura que no se mezcla con el relleno

Interior de una tienda de la marca de joyería Tous EP

Pilar García-Baquero

La Audiencia Nacional ha dado carpetazo a la causa que partió de una denuncia en Córdoba contra Tous por un presunto delito de estafa, falsificación y corrupción contra particulares por el relleno del osito de plata, santo y seña de la firma catalana. El juez Santiago Pedraz recoge en su auto de archivo , al que ha tenido acceso ABC, que no ve ningún tipo de delito porque la empresa catalana utiliza plata pura en su exterior, es decir, de primera ley. No existe aleación y el relleno no se mezcla con la cobertura de plata pura. En la publicidad de Tous , añade el juez como otro de los argumentos para rebatir la denuncia de Consujoya, se recoge que los artículos fabricados con la técnica de electroforming pueden contener núcleo no metálico para conferirle estabilidad.

Porcentaje de relleno

El porcentaje de plat a marcado en la denuncia equivalía no a que el exterior no fuera plata cien por cien, sino si se tienen en cuenta el relleno no metálico , es decir, entre todo, no que no fuera plata el exterior del oso, explica el juez. El auto fechado este lunes 27 de enero recoge que los hechos que dieron lugar a estas actuaciones lo fueron en base a una denuncia de la asociación Consujoya , presentada ante la Policía Judicial de la Guardia Civil de Córdoba el 14 de diciembre de 2018, en la que se manifestaba que Tous S.L., contraviniendo la ley estaba poniendo en el mercado piezas de metales preciosos de ley que no cumplían los requisitos establecidos por la legislación vigente, al estar rellenos de material no metálico y sin embargo estar contrastados como metal precioso, en concreto plata de primera ley.

Contrastes

El laboratorio Applus Laboratories es quien certificaba los contrastes. Con fecha de 28 de marzo de 2019 se incoaron diligencias de investigación por parte de la Fiscalía de Córdoba en baes a dicha denuncia, atestado e informe de la Guardia Civil y se practicaron diligencias para acordar la inhibición en favor al a la Fiscalía de la Audiencia Nacional. Una vez la Fiscalía de la Audiencia Nacional recibió las diligencias comenzó una investigación abierta en noviembre de 2019 dando lugar luego a la denuncia del Ministerio Fiscal que dio origen a esta causa.

Técnica de rayos X

La cuestión planteada que acaba de resolver el juez archivando la causa -al que las partes pueden plantear recurso- es si las joyas de plata elaborada por la técnica de electroforming (joyas que tienen en su interior un componente no metálico) siendo el exterior plata de primera ley pueden o no considerarse como metal precioso. En este sentido, el auto del juez Pedraz aclara que si bien el denunciante aportó un informe de un laboratorio autorizado para el contraste de metales preciosos y concluían que los dos colgantes que se presentaron daban un resultado inferior a la ley mínima permitida de 925 mm; tal afirmación lo era en base a la existencia de relleno (la cantidad), afirmándose luego mediante técnica de rayos X que la pieza es de plata en su exterior de, al menos, 225 milésimas. Y desde luego, según Pedraz «no se puede identificar ley con el porcentaje».

Informe del Instituto de Nanoquímica

Asimismo, consta en el auto judicial, se aportó un informe del Instituto Universitario de Nanoquímica de la Universidad de Córdoba que analizaba cuatro piezas, tanto el exterior como el relleno identificando el exterior como plata y el relleno como no metálico para concluir con el cálculo del porcentaje de plata entre el recubrimiento y el relleno. Con tales informes, el juez de la Audiencia Nacional concluye que las piezas analizadas «por fuera» son de plata de primera ley; sin que pueda decirse que conforme a la Ley de la aleación no lo sean, pues no hay «mezcla». En este sentido, el juez explica que la aleación requiere una mezcla (por ejemplo metal precioso con metal ordinario).

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