TRIBUNALES
Casi un año de retraso para una demanda de paternidad de una joven de 20 años a un empresario
El caso se presentó en marzo de 2020, en agosto fue admitido a trámite por una carta de la supuesta abuela paterna
Se va a cumplir un año desde la presentación ante el Juzgado de una demanda de paternidad por parte de una joven de 20 años a un empresario cordobés sin que se haya iniciado el procedimiento. Un Juzgado de Primera Instancia de la capital lo admitió a trámite en agosto de 2020 basándose en una carta de la madre del demandado pidiéndole a su madre a que abortara , sin embargo, aún no ha arrancado el caso. A un error en el reparto de la demanda se sumó la petición del demandado (presunto padre) de que sea un juzgado de Peñarroya el que dirima la delicada cuestión al encontrarse allí trabajando en estos momentos. El retraso es tal que el experto abogado en demandas civiles, Fernando Osuna, llegó a elevar una queja al Consejo General del Poder Judicial ( CGPJ) , asegurando que era inadmisible que ni siquiera se haya inciado el procedimiento por esa cuestión de competencia.
Entre otras cuestiones, la queja del letrado Osuna recogía «que con el error del reparto de la presente demanda a un juzgado de familia de esta ciudad y las dilaciones propias de su tramitación se han perdido meses en perjuicio de los intereses de su representada».
Esta pasada semana, un auto dictado por el Juzgado de Primera Instancia 9 de Córdoba, facilitado a ABC por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) declara falta de competencia territorial de este juzgado para conocer del presente procedimiento considerando territorialmente competente al Juzgado de 1ª Instancia que por turno corresponda de los de Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba) remitiendo los autos al Juzgado Decano de dicha circunscripción.
Estas circunstancias dejan a la joven demandante en una situación muy complicada, agudizada por la crisis del Covid, porque la joven no tiene recursos económicos -sólo cuando encuentra trabajos temporales de cuidadora o en la hostelería - ni su madre, apenas con 600 euros al mes, asegura su abogado Fernando Osuna.
Por último, el letrado sevillano ha solicitado a Peñarroya que se haga cargo del asunto y que espera que no entren en cola porque le consta que se están resolviendo asuntos ahora del año pasado.
Fue a finales del pasado mes de agosto cuando un juzgado cordobés admitió a trámite esta demanda de paternidad de una joven cordobesa de 19 años que tiene como pieza clave una carta que la madre del presunto padre de la niña envió a la madre de la joven cuando se quedó embarazada pidiéndole que abortara . Así lo ha explicado a ABC Fernando Osuna , el mismo que logró que un juez reconociera que Manuel Díaz era hijo del maestro Manuel Benítez «El Cordobés».
Osuna explicó que «la casi suegra» es una pieza clave para resolver este juicio de filiación en Córdoba. En la carta enviada por esa mujer a la madre de la demandante, la señora reconocía que su hijo, de 23 años, había dejado embarazada a una joven de 22 años , y se expresa claramente cómo ejerció una presión tremenda para que la embarazada abortara.
Prueba de ADN, pendiente
El bufete Osuna afirmó que el demandado es empresario y se niega a reconocer a su hija , que tiene actualmente 20 años, además de que ésta pide una pensión mensual por carecer de trabajo. En el momento en el que se produjo el embarazo, la madre de la demandante tenía, según recoge la demanda, «escasos medios económicos y el presunto padre tenía un alto nivel de vida, una situación que no ha variado». En la demanda planteada por Osuna se ha planteado la realización de una prueba de ADN entre el presunto padre y la hija.
La joven nació en Córdoba fruto de las relaciones íntimas mantenidas por su madre con el demandado, según la denuncia. Los contactos entre la pareja se iniciaron dos años antes del embarazo, según consta en la demanda. Esta noticia no fue del agrado para la familia del empresario , que intentó que se interrumpiera su embarazo. La negativa de la embarazada fue clara, no quería perder su hijo. Incluso le dijeron, según el bufete Osuna, que el niño podría nacer con un problema en la mente. La pareja en cuestión no se casó y se rompió todo vínculo con el embarazo, abandonando él a la gestante.
La demanda insiste en que la embarazada, cristiana practicante y totalmente a favor del derecho a la vida , se mantuvo en su decisión de no abortar. Incluso cambió de ginecólogo sin comunicarlo por miedo a que la familia del que fue su novio pudiera interceder de alguna manera, para abortar.
Desde que nació la demandante la familia paterna mostró indiferencia hacia la niña, rompiendo relaciones con ésta y su madre. La joven actualmente está en situación precaria, se encuentra sin trabajo y le es imposible llegar a final de mes, hecho que consigue con la ayuda de familiares y amigos, según la demanda.
Por parte de la demandante se le ha pedido al Juzgado que se fije una pensión de alimentos a su cargo de 1.000 euros al mes que deberá actualizarse anualmente, cada mes de enero, conforme al incremento que haya experimentado el IPC. Se cuenta como pruebas, entre otras, varios correos electrónicos donde el hombre reconoce la paternidad y fotografías que certifican el romance que mantuvo la pareja. Osuna por último recordó que la negativa expresa e injustificada del demandado a someterse a la prueba biológica de ADN lo puede convertir en progenitor, según recoge la sentencia del Tribunal Supremo de 2017.