MUNICIPAL
El bipartito sólo dirá a un juzgado cómo se dieron las ayudas sociales de Córdoba
Un informe compara las notas de las subvenciones con las de un examen y afirma que no tiene ninguna obligación de explicar sus criterios
EN tiempos de las legislaciones de transparencia, justo cuando se tramita la ordenanza municipal de acceso a la información, el Ayuntamiento de Córdoba ha contestado por escrito que si una entidad quiere saber cómo se puntuan unas ayudas públicas lo que tiene que hacer es irse a un juzgado. El informe es una contestación de alegaciones a la entidad Adevida, que no recibirá un euro de la competición creada por la Corporación municipal con el objetivo de repartir los recursos de Servicios Sociales. El documento forma parte del procedimiento posterior del reparto de las subvenciones por el cual hay entidades que consideran que no se ha valorado la trayectoria, el saber hacer o el mérito que dan los años en el campo de la acción social.
En concreto, el informe municipal asegura que no hay por qué dar más explicaciones de las precisas de cómo se reparten las subvenciones, de la valoración que se realiza por parte de un comité de análisis. Particularmente, afirma que a las entidades que reclamen información les basta con los documentos que ha hecho público el Ayuntamiento, que consisten en la puntuación global de cada uno de los proyectos presentados que tienen el corte en el presupuesto disponible.
Calificación final
Así, asegura que la forma en la que el comité de valoración ha dado puntuación a cada aspecto del proyecto (dentro de unas bases complejas, con distintos elementos) forma parte del «margen de apreciación» que tiene el grupo de trabajo para establecer sus puntuaciones al respecto. «Esto equivale a pretender que una persona que se haya presentado al examen para una plaza o puesto de trabajo pida al tribunal calificador que le especifique los criterios y razonamientos por los que ha llegado a la calificación final».
Entiende el informe de Servicios Sociales que dar datos o no de ese proceso constituye «una cuestión personal». Es decir, si el empleado o responsable municipal que se reúne en cada momento con la entidad que demande información decide dar esas explicaciones o no. El equipo de gobierno se ha mostrado abierto a reunirse con las entidades excluidas pero no entiende que sea necesario dar cuenta de aquellos elementos puntuables.
Llama la atención no solo que no se esté dispuesto a revisar las puntuaciones sino ya a la presentación de alegaciones
La única excepción que contempla el Ayuntamiento de Córdoba, según su criterio técnico, es que un juez ordene la entrega de ese material. «No puede estimarse ni en fase de alegaciones ni tan siquiera en fase de recurso la pretensión de conocer la aplicación concreta de los criterios de valoración, algo de lo cual solo hay la obligación de informar a un órgano judicial que lo requiriese formalmente», asegura el dictamen legal, firmado por un técnico en administración general.
En cualquier caso, llama poderosamente la atención no solamente que no se esté dispuesto a revisar las puntuaciones (solamente se abre la puerta a errores materiales) sino ya a la presentación de alegaciones, que es un procedimiento habitual en las administraciones públicas. El informe se aferra a a dos artículos de la ley de procedimiento administrativo común que permite, no obliga, a prescindir del trámite de escuchar las protestas de quienes se consideren mal valorados por la administración. El documento sí permite la presentación de un recurso de reposición cuando se eleven las actuales calificaciones a definitivas.