Municipal
El Ayuntamiento de Córdoba autoriza la norma del seguro para algunos patinetes eléctricos
El borrador de la ordenanza reserva esta medida para los más potentes o de uso profesional
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La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Córdoba autorizará en su sesión del Lunes Santo uno de los textos normativos más relevantes del mandato. La nueva Ordenanza de Movilidad , que regula desde el tráfico hasta el aparcamiento de pago en las calles, verá la luz tras meses y meses de trabajo.
Su entrada en vigor no será inmediata porque las ordenanzas las aprueba el Pleno de forma inicial y definitiva tras un plazo de alegaciones. Dejará, sin embargo, de ser un borrador y se someterá a debate político. PP y Cs necesitan de apoyos para sacar adelante el texto.
Las nuevas formas de movilidad han acaparado los titulares hasta el momento para una ordenanza que tiene ochenta folios, 135 artículos y cuatro disposiciones , una de ellas derogatoria de la norma anterior. Y la realidad es que el impacto en los llamados Vehículos de Movilidad Personal (VMP), conocidos como patinetes, será grande. Hasta ahora prácticamente no existe regulación para unos vehículos que se ven en manos de menores y con menos papeles que una liebre.
En adelante, todos los patinetes dotados de un motor eléctrico solo podrán ser conducidos por mayores de quince años y, aún en estos casos, tendrán que ser adecuados a su altura y peso, Los menores de 15 años solo van a poder usarlos en zonas sin tráfico y siempre con la compañía de un mayor.
El borrador
El seguro obligatorio y el casco se convierten en la mayor novedad de la nueva regulación local. El Gobierno cenral dejó esta cuestión en manos de cada ayuntamiento y el de Córdoba pretende que el seguro a terceros fuese obligatorio. Una de las cuestiones que tiene que dilucidar la Junta de Gobierno Local con el texto final es a qué vehículos se le exige seguro y a cuáles no.
El teniente de alcalde de Movilidad, Miguel Ángel Torrico, explicó en una comparecencia reciente que sería una exigencia para todos. Sin embargo, el borrador que se conoce hasta el momento solo prevé que se exija a un tipo de patinetes , los del tipo L1e-B, que tienen la consideración de ‘scooters eléctricos’ (son los que tienen sillín).
Además, deben tener seguro siempre los patinetes, sean del tipo que sean, que se utilicen para actividades económicas , como el reparto de comida, los que se usan para pasear a turistas en grupos y algunos tipos de bicicletas a las que se le incorpora un motor eléctrico muy potente.
¿Fuera o dentro?
Siempre según el borrador remitido a la Asesoría Jurídica, buena parte de los patinetes eléctricos que circulan quedarían fuera aunque la última decisión corresponde al Pleno dentro del marco de las instrucciones de la Dirección General de Tráfico . Eso sí, los más potentes serán considerados como ciclomotores por lo que no solo será preciso que tengan seguro.
Además, deben tener matrícula, pagar el impuesto correspondiente y conducirse con la licencia que se expide a partir de los 16 años de edad. La proliferación de vehículos de estas características han generado una normativa complejísima en función del voltaje del vehículos, si tienen o no sillín, sus dimensiones y la velocidad que pueden alcanzar.
La Policía Local
La aplicación de la ordenanza debe dar manos mucho más amplias a la Policía Local para castigar mediante multas los comportamientos incívicos a los mandos de este tipo de vehículos ligeros y baratos. Por ejemplo, se remarca que han de ir por la calzada siempre y siguiendo el sentido de la marcha, que tienen las aceras vetadas, que en ningún caso pueden transportar a más de una persona y que los conductores de estos patinetes han de señalizar siempre los movimientos.
Que los usuarios que opten por esta modalidad se tienen que bajar del vehículo cuando no puedan mantener una distancia de un metro al circular por las calles peatonales del Centro o circular en línea recta durante cinco metros de manera continuada y por el centro de la vía.
La norma impide el uso del móvil o llevar puestos auriculares mientras se conduce. El casco sí es obligatorio en los vehículos eléctricos asimilados a los ciclomotores y los VMP, independientemente de su tamaño, que se utilicen para actividades económicas.
La nueva norma advierte a los propietarios de estos vehículos que se meten a mecánicos y alteran los mecanismos homologados para ganar en potencia y velocidad. Estará expresamente prohibido su uso en las calles de Córdoba.
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